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Ámbito geográfico,
principios operativos, prioridades transversales y prioridades sectoriales,
han cambiado de acuerdo con el Plan General 2005- 2008 (arts. 2, 3, 4 y 5 de
las bases reguladoras).
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Entre la documentación que tiene que aportar
la ONGD (art. 7 bases reguladoras), hay que aportar una declaración
responsable de no estar incurso en los supuestos establecidos en el art. 13 de
la Ley 38/03 General de Subvenciones (no haber sido condenado mediante
sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones, etc…).
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Nueva modalidad de subvención para las
Identificaciones participativas (art 11 reguladoras) con máximo de 3.000
euros.
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Posibilidad de concurrir agrupaciones de ONGD
(art. 6. B bases reguladoras).
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Posibilidad de subvencionar Programas en
Educación para el Desarrollo (art. 13 bases reguladoras).
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Máximo de solicitudes: 2 para
programas y proyectos de Desarrollo (2 proyectos máximo, o un proyecto y un
programa), y 1 solicitud en Educación para el Desarrollo (art. 14.2 bases
reguladoras).
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Ejemplares de presentación de
Formularios: Un solo ejemplar en papel de cada uno de los formularios
del sobre 1 y del sobre 2. Otro ejemplar en soporte CD.
Los Anexos de los formularios
de proyectos o programas
pueden presentarse en papel o en soporte CD,
sólo un ejemplar. |
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