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NOVEDADES 2005 

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Ámbito geográfico, principios operativos, prioridades transversales y prioridades sectoriales, han cambiado de acuerdo con el Plan General 2005- 2008 (arts. 2, 3, 4 y 5 de las bases reguladoras).
 

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Entre la documentación que tiene que aportar la ONGD (art. 7 bases reguladoras),  hay que aportar una declaración responsable de no estar incurso en los supuestos establecidos en el art. 13 de la Ley 38/03 General de Subvenciones (no haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, etc…).
 

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Nueva modalidad de subvención para las Identificaciones participativas (art 11 reguladoras) con máximo de 3.000 euros.
  

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Posibilidad de concurrir agrupaciones de ONGD (art. 6. B bases reguladoras).
 

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Posibilidad de subvencionar Programas en Educación para el Desarrollo (art. 13 bases reguladoras).
 

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Máximo de solicitudes:  2 para programas y proyectos de Desarrollo (2 proyectos máximo, o un proyecto y un programa),   y 1 solicitud en Educación para el Desarrollo (art. 14.2 bases reguladoras).
 

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Ejemplares de presentación de Formularios:  Un solo ejemplar en papel de cada uno de los formularios del sobre 1 y del sobre 2.  Otro ejemplar en soporte CD. 

Los Anexos de los formularios de proyectos o programas pueden presentarse en papel o en soporte CD, sólo un ejemplar.

Dirección General de Inmigración, Cooperación al Desarrollo y Voluntariado
Consejeria de Familia y Asuntos Sociales
Comunidad de Madrid