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D. G. de Becas y Ayudas a la Educación




Becas para la escolarización en centros privados en el primer ciclo de Educación Infantil.

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CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA ESCOLARIZACIÓN EN EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL EN CENTROS PRIVADOS. CURSO 2009/2010

 

ORDEN 2933/2009, DE 22 DE JUNIO



La Consejería de Educación y la Consejería de Familia y Asuntos Sociales convocaron conjuntamente, para el curso escolar 2009/2010, las Becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados autorizados. Mediante la orden 4670/2009 de 20 de octubre se ha resulto la convocatoria.

 

Atención:   Se encuentra publicada en el área de descargas, la Orden 5181/2009 de 17 de noviembre, así como el Anexo I, con la relación de nuevos beneficiaros del curso 2009/2010, como consecuencia del primer reconocimiento de errores materiales o estimación de recursos. Los cheques serán enviados a las escuelas infantiles en los próximos días y será comunicado a cada familia mediante un SMS. 

 

Listados definitivos de beneficiarios, no beneficiarios y excluidos:

 

Éstos listados se han publicado en las Direcciones de Área Territorial y en la Oficina de Información y Registro General de la Consejería de Educación (C/ Gran Vía, 20).

 

-Teléfono de Información: 012

 

-Horario de atención telefónica: de lunes a viernes, de 08,00 a 22,00 horas y sábados, domingos y festivos de 10,00 a 22,00 horas.

 

CONSULTA INDIVIDUAL DE BENEFICIARIOS, NO BENEFICIARIOS Y EXCLUIDOS

 

• Los beneficiarios son aquellos alumnos que han obtenido la beca de escolarización.

• Los no beneficiarios son aquellos alumnos admitidos que han obtenido 7 puntos y tienen una renta familiar per cápita  superior a 32.686,52 €, o bien tienen menos de 7 puntos.


Importe de las becas:


• Aquellos beneficiarios que tengan una renta per cápita superior a 10.000 euros habrán obtenido una beca de 95 euros mensuales.
• Aquellos beneficiarios que tengan una renta per cápita comprendida entre 9.999  y 5.000 euros, corresponderá una beca de 130 euros mensuales.
• Aquellos beneficiarios que tengan una renta per cápita inferior a 4.999 euros, corresponderá una beca de 160 euros mensuales.

 

Abono de las becas: la Consejería de Educación procederá al pago de la beca a cada beneficiario mediante la entrega de once cheques personalizados que sumarán el importe total de la beca. El talonario con los once cheques será remitido a los centros que se indicaron en los impresos de solicitud para que sean entregados a las familias.

 

Procedimiento de Recurso:

 

Modelo: El modelo de recurso propuesto por la Consejería de Educación se podrá obtener a través de esta página web en el área de descargas, en las Direcciones de Área Territorial o en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (C/ Gran Vía, 20) 

Plazos:  La fecha limite para presentar el Recurso de Reposición será hasta el 3 de diciembre de 2009, inclusive.

Lugar de presentación: Se presentará, preferentemente, en la  Dirección de Área Territorial  de la Consejeria de Eduación o Registro General de dicha  Consejería  (C/ Gran Vía, 20).

 

Procedimiento de Renuncia

 

Modelo: El modelo de renuncia propuesto por la Consejería de Educación se podrá obtener a través de esta página web en el área de descargas, en las Direcciones de Área Territorial o en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (C/ Gran Vía, 20) 

Procedimiento: Si una vez obtenida la beca de escolarización en centros privados en el primer ciclo de educación infantil, deciden por cualquier circunstancia renunciar a dicha beca, deberán cumplimentar el modelo de renuncia, según se indica en el párrafo anterior, y una vez firmado por los padres, graparán el talonario o los cheches que no hayan utilizado, en el lugar marcado en el modelo de renuncia.

Lugar de presentación: La documentación anterior se presentará, preferentemente, en la  Dirección de Área Territorial  de la Consejeria de Eduación o Registro General de dicha  Consejería  (C/ Gran Vía, 20).

Importante: No se expediran certificados de no haber cobrado la beca, a aquellos que no hicieron uso de ella, si no consta en la  Subdirección General de Becas y Ayudas la renuncia realizada conforme al procedimiento establecido . 

 

CONSULTA DE FICHA DE PROCEDIMIENTO

 




Atención al ciudadano

D. G. de Becas y Ayudas a la Educación

Alcalá, 32. 6ª Planta

Fax: 91 720 00 92 



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