Régimen jurídico de la red de formación permanente del profesorado, actividades, planes, memorias, y en general todas las acciones vinculadas a la formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacion, establece la formación permanente del profesorado como un derecho y una obligación de los profesores y de todos los profesionales de la educación, así como una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros. En ese marco, y al amparo de lo establecido en el punto 1 del artículo 29 del Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid tiene competencia para realizar el desarrollo legislativo y la ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados.