¿Qué es? >
Financiar el fondo bibliográfico de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, para facilitar a sus alumnos los libros de texto y el material escolar didáctico, así como gestionar el programa de préstamos.
¿Quién puede? >
1. Serán destinatarios los alumnos de los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos en situación de desventaja socioeconómica, así como los alumnos escolarizados en centros públicos de Educación Especial.
Los padres de los alumnos interesados en acogerse a este préstamo, pónganse en contacto con su centro docente.
Los centros interesados en acogerse a este préstamo, véanse el apartado "Obtención presentación solicitudes documentación", tendrán que rellenar un impreso de solicitud.
Determinación de los alumnos a incluir en el programa en cada centro>
1. Los Consejos Escolares dispondrán de plena autonomía para determinar el procedimiento de incorporación de los alumnos al programa así como los libros o material didáctico que entregarán en préstamo a cada uno de ellos, manteniendo siempre el criterio de favorecer a los alumnos en situación de desventaja socioeconómica.
2. Si el Consejo Escolar considera que la dotación resulta insuficiente para atender todas las necesidades básicas de sus alumnos, podrá solicitar la ampliación de la dotación con cargo a la reserva prevista en el artículo 5 de la Orden 9726/2012, de 24 de agosto de 2012.
¿Cómo lo solicito? >
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.