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Ayudas para realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras (2009)

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Históricas/cerradas  Inicio: 22 enero 2009  |  Fin: 10 febrero 2009

  • Referencia
    31169
  • Descripción
     

    Ayudas para la concesión de 105 plazas destinadas a realizar cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras: Inglés (85 plazas) y francés (20 plazas). Los cursos se realizarán en Reino Unido y Francia.

  • Objetivos
     

    * Formación:

    a) Los cursos se llevarán a cabo en centros de reconocido prestigio que integren alumnos de otras nacionalidades y serán impartidos por profesorado nativo y especializado en la enseñanza de idiomas. Las instalaciones del centro garantizarán una adecuada calidad en el equipamiento necesario para el desarrollo del curso.

    b) El curso de formación tendrá una duración de cuatro semanas y constará de actividades lectivas y culturales.

    c) Los objetivos de las actividades formativas propuestas serán los siguientes:

    1. Perfeccionar la competencia oral y escrita tanto comprensiva como productiva.

    2. Desarrollar estrategias metodológicas que faciliten la mejora de la enseñanza de los idiomas.

    3. Profundizar en el conocimiento de la realidad histórica, social y cultural del país donde se realice la actividad.

    d) Se certificará un total de 10 créditos de formación permanente, ajustándose a la Orden 2202/2003, de 23 de abril (BOCM de 21 de mayo). Para obtener dicha certificación es imprescindible la asistencia, al menos, al 85 por 100 de las horas totales de las actividades formativas que se indican en la presente Orden, la asistencia a las actividades de interés cultural que se determine, así como la entrega y evaluación positiva de la memoria correspondiente.


  • Requisitos
     

    1. Funcionarios docentes de carrera, en prácticas o interinos, dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas que estén en servicio activo

    2. Profesor de Educación Primaria en un centro educativo privado concertado, con contrato laboral vigente con una duración mínima de 6 meses.

    3. No ser originario de los países en los que se van a desarrollar los cursos (salvo circunstancias especiales)

    4. Requisitos comunes a ambos:

    - Estar impartiendo un mínimo de doce sesiones semanales en la asignatura de lengua extranjera solicitada o un mínimo de cinco sesiones semanales de otra asignatura (aprendizaje integrado de contenidos y lengua, AICOLE).

  • Documentación a presentar
     

    - Solicitud

    1.  Para los funcionarios de carrera, funcionarios en prácticas e interinos:

    a) Hoja de servicios original expedida por la Dirección de Área Territorial que le corresponda y cerrada a fecha de publicación de la Orden de convocatoria.

    b) Fotocopia del nombramiento como funcionario del Cuerpo de Catedráticos.

    2.  Para los profesores de centros concertados:

    a) Certificado original del Director del centro con el visto bueno del Servicio de Inspección Educativa, haciendo constar la duración real de los servicios, con las fechas exactas de comienzo y terminación de los mismos.

    b) En el caso de los centros que no estén actualmente en funcionamiento, la experiencia podrá justificarse, en defecto del certificado del Director del centro con el visto bueno del Servicio de Inspección Educativa, mediante certificado original expedido por dicho Servicio de Inspección, de conformidad con los datos que existan en dicha Unidad.

    3.  Documentación común para todos los destinatarios:

    a) Certificado original del Secretario del centro, visado por el Director, que acredite la carga lectiva requerida. En los centros concertados en los que no haya Secretario, bastará con la firma del Director.

    b) Anexo II: Declaración jurada (véase Apartado Gestión)

    c) Fotocopia del título que acredite la especialidad o la habilitación en la misma.

    d) Extracto original de formación individual expedido por el Registro General de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad de Madrid cerrado a fecha de publicación de la Orden de convocatoria, que podrá ser solicitado por los interesados en la Red de Formación del Profesorado de la Comunidad de Madrid o telemáticamente, con certificado digital, en la dirección de Internet https://gestiona.madrid.org/gifp/

    e) Fotocopia de la certificación académica en la que conste el título obtenido o fotocopia del título alegado.

    * Retirada de la documentación:

    Los candidatos participantes o personas debidamente autorizadas podrán retirar la documentación presentada entre el 1 y el 15 de enero de 2010, en la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, Gran Vía, 10, segunda planta, entendiéndose que, transcurrido dicho plazo, perderán todo el derecho sobre la documentación.


  • Tramitación
     

    Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva. Se faculta a la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan.

  • Destinatario
    Profesores
  • Criterio de adjudicación
     

    a) Antigüedad como funcionario docente y antigüedad como profesor en un centro concertado: 1 punto por cada curso completo (por cada mes se sumará 1/10 de la puntuación anterior), hasta un máximo de 10 puntos.

    b) Por pertenecer a algún Cuerpo de Catedráticos, 1 punto.

    c) Participación en alguna de las acciones de formación de movilidad individual englobadas en el Programa de Aprendi­zaje Permanente de la Unión Europea (antiguo Programa Sócrates): por cada año de participación como coordinador, 0,75, y como participante, 0,50, hasta un máximo de 2 puntos.

    d) Por estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones, 1 punto por cada una, hasta un máximo de 2 puntos. Solo se valorarán los certificados o titulaciones de la lengua extranjera solicitada.

    Inglés:

    — Certificado de Aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas.

    — CAE. “Certificate in Advanced English”. Universidad de Cambridge.

    — CPF. “Certificate of Proficiency”. Universidad de Cambridge.

    Francés:

    — Certificado de Aptitud de Escuela Oficial de Idiomas.

    — DALF.

    e) Docencia, coordinación o dirección de actividades de perfeccionamiento para profesorado de inglés o francés: hasta 2 puntos.

    2.  La puntuación máxima será de 17 puntos y, en caso de empate, se tendrá en cuenta, en el siguiente orden, la mayor puntuación obtenida en los apartados a), d), c) y e).

    Tendrán carácter preferente, con independencia de su puntuación, los profesores que impartan docencia en centros concertados de la Comunidad de Madrid seleccionados por la Orden 4106/2008 para la implantación de enseñanza bilingüe español-inglés.

  • Presentación de solicitudes
     

    * Recogida de solicitud:

    Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación.

    Oficinas de Atención al Ciudadano.

    * Presentación de solicitud:

    Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en el Registro General de la Consejería de Educación (Gran Vía, 10), en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de las Direcciones de Área Territorial o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.


  • Información complementaria
     

    * Plazas:

    1) 85 plazas de inglés, durante los meses de junio y julio. Alojamiento en residencia.

    a) 45 plazas para funcionarios docentes de carrera, en prácticas o interinos, dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas que impartan la asignatura de lengua extranjera del idioma solicitado.

    b) 20 plazas para funcionarios docentes de carrera, en prácticas o interinos, dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria que impartan o deseen impartir su asignatura en la lengua extranjera del idioma solicitado y que acrediten, al menos, un nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas.

    c) 20 plazas para profesores de Educación Primaria que impartan la lengua solicitada en centros privados concertados de la Comunidad de Madrid con contrato laboral vigente.

    2) 20 plazas de francés, durante el mes de julio, para funcionarios docentes de carrera, en prácticas o interinos, dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas que impartan la asignatura de lengua extranjera del idioma solicitado, así como el profesorado de tales centros de otras especialidades que impartan su asignatura en la lengua extranjera del idioma que solicita.

    La Consejería de Educación podrá modificar y cancelar, por causas justificadas, los cursos que así lo requieran. Si en alguno de los grupos no se cubrieran todas las plazas, la Comisión de Selección podrá adjudicar las plazas sobrantes a los profesores que hayan solicitado el curso en el mismo idioma en otro grupo.

    * Cuantía:

    La cuantía será de un módulo máximo de 500 euros destinado a financiar el desplazamiento de los beneficiarios hasta la ciudad de destino, reduciéndose en proporción a la justificación aportada.

    La ayuda en especie consistirá en alojamiento, manutención y cursos de formación adaptados a las características del profesorado.

    * Organización:

    La Consejería de Educación, a través de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, suscribirá convenios de colaboración con Instituciones de reconocido prestigio en la difusión de lenguas extranjeras para la organización de las acciones objeto de esta convocatoria.

    Dichas instituciones se harán responsables de:

    — El alojamiento y manutención de los profesores seleccionados.

    — La organización de los cursos de formación.

    — La organización de actividades de interés cultural.

    — La entrega a cada profesor de un título de transporte público con validez para toda la estancia, en el caso de que la distancia entre el lugar de alojamiento y el centro de estudios así lo aconseje.

    Una vez realizada la selección, la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza se pondrá en contacto con los profesores seleccionados para convocarlos a una reunión informativa.

    Finalizado el desarrollo de las acciones indicadas, la Consejería de Educación requerirá a las instituciones correspondientes la relación de los participantes, el control de su asistencia y una valoración del aprovechamiento de las actividades programadas.

    * Alojamiento:

    El alojamiento será en familias o en residencias, en habitación individual y en régimen de media pensión.

    El tiempo de estancia corresponderá con el período establecido en el apartado I.

    Las residencias y las familias se encontrarán a menos de cuarenta y cinco minutos, en transporte público, del centro en el que se realice el curso.

    * Formación:

    a) Los cursos se llevarán a cabo en centros de reconocido prestigio que integren alumnos de otras nacionalidades y serán impartidos por profesorado nativo y especializado en la enseñanza de idiomas. Las instalaciones del centro garantizarán una adecuada calidad en el equipamiento necesario para el desarrollo del curso.

    b) El curso de formación tendrá una duración de cuatro semanas y constará de actividades lectivas y culturales.

    c) Los objetivos de las actividades formativas propuestas serán los siguientes:

    1. Perfeccionar la competencia oral y escrita tanto comprensiva como productiva.

    2. Desarrollar estrategias metodológicas que faciliten la mejora de la enseñanza de los idiomas.

    3. Profundizar en el conocimiento de la realidad histórica, social y cultural del país donde se realice la actividad.

    d) Se certificará un total de 10 créditos de formación permanente, ajustándose a la Orden 2202/2003, de 23 de abril (BOCM de 21 de mayo). Para obtener dicha certificación es imprescindible la asistencia, al menos, al 85 por 100 de las horas totales de las actividades formativas que se indican en la presente Orden, la asistencia a las actividades de interés cultural que se determine, así como la entrega y evaluación positiva de la memoria correspondiente.

    * Forma de pago y justificación:

    Las ayudas serán efectivas en un único pago, una vez se haya llevado a cabo la actividad formativa y se haya presentado la documentación justificativa.

    La justificación de los gastos efectuados en concepto de desplazamiento hasta alcanzar el total de la ayuda concedida se llevará a cabo mediante la presentación por parte del beneficiario de una cuenta justificativa, que incluirá una relación de gastos efectuados, según Anexo III, con los importes especificados en euros, acompañada de la siguiente documentación:

    1. Viaje en avión:

    a) Factura original y/o copia del billete electrónico, junto con los originales de las tarjetas de embarque.

    2. Desplazamientos:

    a) Billetes originales de metro, tren o autobús y recibos originales de taxi del traslado, a la ida, desde la localidad donde esté ubicado su centro de trabajo o su domicilio en la Comunidad de Madrid hasta el aeropuerto de Barajas y, al regreso, desde el aeropuerto de Barajas hasta la localidad donde esté ubicado su centro de trabajo o su domicilio en la Comunidad de Madrid.

    Únicamente se abonarán los desplazamientos que coincidan con la ida y la vuelta para la asistencia al curso, no abonándose ninguna locomoción en los días en que se desarrolla la actividad.

    Las facturas o recibos de los gastos deberán cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del 29), por el que se regulan las obligaciones de facturación, así como por la normativa fiscal del Reino Unido, debiendo quedar acreditado el pago mediante alguno de los siguientes documentos:

    - En las facturas en las que la forma de pago sea en efectivo, deberá figurar el término “pagado”, circunstancia que hará constar la empresa emisora de la factura.

    - Cuando el pago se realice con tarjeta, se deberá adjuntar copia compulsada del cargo emitido por la entidad bancaria.

    - Cuando el pago se realice por transferencia bancaria, se deberá aportar copia compulsada de la misma donde figuren el beneficiario y el sello o la validación mecánica de la entidad emisora.

    - Si el pago se realiza mediante talón bancario, se deberán aportar copia de dicho talón y extracto bancario donde figure el cargo del mismo.

    Las facturas y demás documentación que se presente para la justificación de la ayudas deberán estar a nombre del beneficiario de la misma.

    A efectos de poder realizar el cambio de libras a euros, habrá de aportarse el extracto emitido por la entidad bancaria correspondiente a la fecha en la que se efectuó la compra de moneda extranjera, para cuyo cálculo se tendrán en cuenta todos los dígitos decimales que figuren en el mismo.

    Esta documentación deberá presentarse en original, sin perjuicio de adjuntar fotocopia para su compulsa y devolución al interesado, si así se solicita.

    Junto con la justificación económica deberá presentarse la siguiente documentación:

    1) Memoria final del curso por duplicado. La memoria tendrá un mínimo de 4 páginas y un máximo de 20 y deberá contener los siguientes datos:

    Datos generales:

    - Nombre y apellidos.

    - NIF.

    - Centro de trabajo.

    - Localidad.

    - Teléfono.

    - Lugar en el que ha realizado el curso de formación.

    Valoración cualitativa:

    - Descripción del curso realizado.

    - Objetivos.

    - Competencia lingüística.

    - Metodología utilizada en el curso.

    - Metodología aplicable al aula.

    - Profesorado que impartió el curso.

    - Instalaciones y recursos del centro.

    - Actividades complementarias organizadas.

    - Evaluación del curso.

    - Sugerencias para mejorar la actividad.

    - Residencia o familia.

    - Calidad del alojamiento y manutención.

    - Inmersión lingüística.

    - Otros aspectos.

    Visitas y actividades culturales:

    - Organización.

    - Interés de las visitas.

    - Otros aspectos.

    Otros servicios:

    - Viajes y traslados.

    - Información y documentación.

    - Otros aspectos.

    2) Certificación de que la cuantía de la subvención concedida, sumada a otras que el beneficiario pudiera haber obtenido u obtener por el mismo concepto, no supera el 100 por 100 del importe del coste total de la actividad subvencionada (Anexo IV).

    El plazo para la justificación de las ayudas será el que se establezca en la correspondiente convocatoria.

    Cuando el beneficiario de la subvención concedida no justifique la totalidad del gasto, se entenderá que la resolución de concesión queda parcialmente sin efecto en la cantidad no justificada, siempre que eso no comporte el incumplimiento de su finalidad.

    Estas ayudas estarán sujetas a las retenciones que legalmente procedan.

    *   Suscripción al Servicio de Alertas:

    Si le interesa recibir información sobre ésta o futuras convocatorias (plazos, fechas, listados...), solicítelo mediante el formulario que encontrará en el apartado Información relacionada. Indíquenos:

    - Número de teléfono móvil o de correo electrónico (medio por el que prefiera recibir la información)

    - Título de la convocatoria (para que sea posible identificar rápidamente la convocatoria de su interés).


  • Fecha adjudicación provisional
     

    * Fecha de publicación de la lista de personas que deben subsanar documentación presentada, en los tablones de anuncios del Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación y de las Oficinas de Atención al Ciudadano:

    11 de marzo de 2009.

    * Plazo para subsanar:

    Hasta el 24 de marzo de 2009.

    * Fecha de publicación de relación provisional de admitidos y excluidos, en los tablones de anuncios del Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación y de las Oficinas de Atención al Ciudadano:

    7 de mayo de 2009.


  • Fecha adjudicación definitiva
     

    * Fecha de publicación de la relación de beneficiarios, lista de espera y excluidos, con indicación de la puntuación, en los tablones de anuncios del Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación y de las Oficinas de Atención al Ciudadano:

    4 de junio de 2009.

    Orden 2811/2009, de 15 de junio (BOCM nº 166 de 15 de julio).

    Orden 3357/2009, de 14 de julio por la que se modifica la Orden 2811/2009 (BOCM nº 185, de 6 de agosto)

    Orden 3792/2009, de 31 de julio por la que se modifica la Orden 2811/2009 de 15 de junio (BOCM nº 201, de 25 de agosto)


  • Referencia legal
     

    * Orden 6031-01/2008, de 30 de diciembre, por la que se convoca para el 2009 (BOCM nº 17, de 21 de enero)


  • Tema
    Ampliación de estudios
  • Dirección
    C/ Gran Vía, 20
    • Teléfono
      012

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