Descripción >
Promueven actuaciones de uso racional de la energía en edificios e instalaciones públicas de la Comunidad de Madrid a través de Empresas de Servicios Energéticos.
Requisitos >
1. Entidades que desarrollen su actividad como empresas de servicios energéticos y hayan resultado adjudicatarias de las obras de mejora energética de Centros Consumidores de Energía incluidos en el Anexo III de la Adenda al Convenio de Colaboración para la definición y puesta en práctica en la Comunidad de Madrid de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España, suscrita el 15 de marzo de 2011 entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y la Comunidad de Madrid (Ver apartado Información relacionada). Los Centros Consumidores de Energía que figuran en el Anexo III cuyo procedimiento de contratación no se haya publicado en el Diario Oficial correspondiente en los plazos establecidos podrán ser sustituidos por otros en la forma establecida en la Adenda.
2. Deberán, a estos efectos, haber suscrito el preceptivo contrato con la Administración titular de los Centros Consumidores de Energía citados. En el contrato se deberá contemplar la forma en que revertirá la inversión realizada a la Administración y la repercusión de la ayuda que reciba la Empresa de Servicios Energéticos en la correspondiente reducción de los precios del servicio energético prestado.
Documentación a presentar >
1. Solicitud (Anexo I) (Ver apartado Gestión).
2. Anexo II (Ver apartado Gestión).
3. Documentación a presentar: Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
En el supuesto de presentación de solicitudes por vía telemática, la documentación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, se podrá aportar al expediente con copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información de carácter personal contenida en tales documentos.
Obtención presentación solicitudes documentación >
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b)Por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción de “Internet” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica
Tramitación >
El otorgamiento de las ayudas se hará por el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva establecido en el artículo 4, punto 3 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, entre las empresas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases, atendiéndose las solicitudes por orden de presentación en el registro de entrada, hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles.
Normativa Aplicable >
Orden de 28 de junio de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la concesión de ayudas para la promoción de actuaciones de uso racional de la energía en edificios e instalaciones públicas de la Comunidad de Madrid correspondientes al Plan de Impulso a la Contratación de Servicios Energéticos y se realiza su convocatoria para el ejercicio 2012 (B.O.C.M. nº 171, de 19 de julio).
Información Complementaria >
*Actuaciones y gastos subvencionables: Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
*Cuantía de las ayudas:Será del 15 % de las inversiones subvencionables.
La cuantía de la subvención finalmente abonada será calculada en función de la justificación aportada, de tal forma que el importe de ésta deberá ponderarse con la actuación proyectada, reduciéndose la cuantía de la ayuda en función de la justificación presentada, en caso de ser ésta inferior a la del proyecto elegido como subvencionable. En cualquier caso, deberá haberse cumplido la finalidad de la subvención.