¿Qué es? >
¿Quién puede? >
¿Qué necesitas presentar? >
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
¿Cómo lo solicito? >
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa.
Tramitación >
10/12/2020 | Resolución de convocatoria Orden 3166/2020, de 4 de diciembre (BOCM nº 301, de 10 de diciembre). Para consultar los listados pinchar en el siguiente enlace |
* Plazo para interponer recurso de reposición: del 11 de diciembre de 2020 al 11 de enero de 2021.
(Ver modelo de recurso potestativo de reposición en el apartado Gestión/Tramitar, en la columna derecha de esta ficha). |
24/09/2020 | Relación provisional de presentados y excluidos. Para consultar los listados pinche en el siguiente enlace |
* Reclamaciones: Del 25 al 14 de octubre de 2020. (Ver modelo de subsanación en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) |
12/08/2020 | Plazo de presentación de solicitudes: Del 13 de agosto al 14 de septiembre de 2020. |