La Dirección General de Empleo desarrolla la integración laboral de trabajadores con discapacidad a través de diferentes programas de ayudas y subvenciones que tienen como destinatarios a dos tipos de entidades:
1.- Centros Especiales de Empleo:
Las ayudas dirigidas a este tipo de entidades son:
A) Ayudas a proyectos que generen empleos estables:
Tienen como objetivo apoyar parcialmente proyectos que supongan la creación de puestos de trabajo indefinidos para personas con discapacidad. Las cuantías por puesto de trabajo creado no superarán en ningún caso:
- 12.000 euros si el centro posee una plantilla compuesta por un 90 por 100, como mínimo, de trabajadores con discapacidad respecto del total de la misma.
- 9.000 euros si la plantilla está comprendida entre el 70 y el 90 por 100 de trabajadores con discapacidad respecto del total de la misma.
Las cuantías anteriores van destinadas a financiar hasta un 95 por 100, como máximo, de la inversión computable total realizada o proyectada por el centro.
- 24.000 euros, si concurren las siguientes causas extraordinarias:
La cuantía va destinada a financiar hasta un 85 por 100 de la inversión computable total realizada o proyectada por el centro.
Existen diferentes líneas de ayudas:
* Para estas ayudas se abre el plazo de solicitud a partir del 1 de enero de 2010.
Para una mayor información: "Subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo".
B) Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo:
Tienen la finalidad de ayudar al mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los centros especiales de empleo.
Existen diferentes tipos de ayudas:
* Para estas ayudas se abre el plazo de solicitud a partir del 1 de enero de 2010.
Para una mayor información: "Subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo".
C) Ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional:
Tienen la finalidad de financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional desarrollada en los centros, realizados desde el 1 de enero del ejercicio para el que se solicita la subvención hasta el 31 de diciembre de dicho ejercicio.
La cuantía de las ayudas se establece en 1.200 euros anuales por cada trabajador con el tipo y el grado de discapacidad siguiente:
* Para estas ayudas está prevista su convocatoria en el primer trimestre de 2010.
Para una mayor información: "Subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los Centros Especiales de Empleo".
2.- Empresa ordinaria:
Las empresas que contraten trabajadores con discapacidad pueden solicitar las siguientes ayudas:
A) Ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo:
- Subvención de 3.907 euros por la contratación indefinida o por la transformación de un contrato temporal a tiempo completo. Cuando el contrato se celebre a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada.
- Subvenciones por adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras arquitéctonicas o dotación de medios de protección personal de hasta 901 euros por trabajador contratado indefinidamente o en determinados supuestos de temporalidad.
- Subvenciones por la contratación indefinida de trabajadores procedentes de enclaves laborales:
* Para estas ayudas el plazo de solicitud está abierto en la actualidad.
Para una mayor información: "Subvenciones para el fomento de personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo.
B) Ayudas para el empleo con apoyo para personas con discapacidad:
La finalidad de estas ayudas es financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación de los preparadores laborales, por las entidades promotoras de empleo con apoyo dentro del período subvencionado que se establezca en cada convocatoria.
La cuantía máxima de las ayudas se establece en función del número de trabajadores con el tipo y grado de discapacidad siguientes:
* Para estas ayudas está prevista su convocatoria en el primer trimestre del 2010.
Para una mayor información: "Subvenciones para el empleo con apoyo para personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo".
Otras ayudas:
A) Una vía alternativa de inserción laboral para las personas con discapacidad, es constituirse en trabajadores autónomos o por cuenta propia. Con este fin, la Comunidad de Madrid pone a su disposición las "Ayudas a la promoción del empleo autónomo".
B) Independientemente de las mencionadas en los apartados anteriores, que favorecen la integración laboral de las personas con discapacidad:
Con el fin de facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad, las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a reservar el 2% de su plantilla para trabajadores con discapacidad. De esta medida, excepcionalmente, podrán quedar exentas en una serie de supuestos y siempre que apliquen alguna de las medidas alternativas comtempladas. Para una mayor información, consultar el enlace "Contratación de personas con discapacidad: Supuestos de excepcionalidad".
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