2. La cuantía de la prestación será del 100% de la cantidad establecida por el órgano competente cuando la capacidad económica del beneficiario sea igual o inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), índice empleado como referencia para la concesión de ayudas.
IMPORTE IPREM 2013
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IPREM ANUAL |
6.390, 13 euros |
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IPREM MENSUAL |
532, 51 euros |
3. Si la capacidad económica es superior al IPREM, el beneficiario recibirá una prestación de, al menos, el 40% de la cuantía establecida anualmente para las Prestaciones Económicas Vinculadas al Servicio y de Asistencia Personal; y del 75% para la de Cuidados en el Entorno Familiar.
4. El porcentaje específico de participación se determinará en función de las siguientes fórmulas, que aseguran la progresividad en su aplicación:
* CM es la cuantía máxima establecida para cada prestación económica en cada grado y nivel de dependencia.
** R es la capacidad económica personal calculada según lo establecido en los artículos
correspondientes de esta Orden, dividida por doce meses.
IPREM es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples en la cuantía mensual aprobada por la normativa vigente, correspondiente al ejercicio en que se reconoce el derecho a la prestación.
5. En el caso de que el Programa Individual de Atención conceda la prestación económica por cuidados en el entorno familiar y ayuda a domicilio no intensiva, la cuantía de la prestación será el 50% de la que le corresponda en función de su capacidad económica.
6. En los supuestos en los que el beneficiario sea titular de cualquier otra prestación de análoga naturaleza y finalidad establecida en otro régimen público de protección, se deducirán del importe a reconocer las prestaciones siguientes:
7. Cuando el beneficiario sea titular de cualquier otra prestación de análoga naturaleza y finalidad, el importe de la prestación económica a reconocer, tras las deducciones anteriores, no podrá ser inferior al 25% de la cuantía máxima establecida para cada una de las prestaciones económicas vigente en la fecha en que se produzca el reconocimiento de la prestación.
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