Según las previsiones iniciales, el reglamento debía haber estado aprobado el 15 de noviembre, después de que en noviembre de 2005 el Congreso aprobase la Ley que se crea el registro y que ésta entrase en vigor en mayo.
Desde los ministerios de Justicia y Economía, que ultiman el proyecto, se ha destacado en varias ocasiones su 'complejidad, amplitud y sensibilidad, al incluir datos personales', así como los cambios que producirá en muchas de las gestiones que realiza la administración.
Actualmente la Dirección General de Seguros (DGS) y la de Registros mantienen abierta una mesa de trabajo para ultimar el reglamento y el modo en el que funcionará el registro. Asimismo, la Dirección General de confirmó en abril que el registro será 'una realidad' en 2007.
Según su Director General, se incluirán numerosos datos 'sensibles', circunstancia que requiere del desarrollo de instrumentos y sistemas informáticos que se ultiman con algunas aseguradoras, al tiempo que aseguró que generará 'confianza' y será beneficioso para el sector. Además, mostró su confianza en que cuando se reciba el dictamen del Consejo de Estado el reglamento se ultimará 'en semanas'.
Una vez se reciban los informes, y sean analizados por la comisión creada, el reglamento será enviado al Consejo de Ministros.
La ley establece que el fichero facilitará información, previa petición, sobre el número de seguros de vida y accidentes con cobertura de fallecimiento que tenía contratados un difunto y las compañías que hubieran suscrito dichos contratos.
Las entidades aseguradoras deberán comunicar periódicamente al fichero -cuya gestión estará centralizada en el Registro General de Actos de Ultima Voluntad- los datos relativos a las pólizas, así como si han satisfecho o no las indemnizaciones establecidas en los contratos.
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