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LUCHA CONTRA EL P2P
La UE aprueba que las autoridades administrativas de los estados miembros puedan cortar el acceso a Internet sin orden judicial previa a los usuarios que descarguen contenidos protegidos por derechos de autor
06/11/2009
Fuente: Europa Press
En España se exige autorización judicial previa. Por esa razón, el Director de la AEPD considera que son “los parlamentos de cada país los que deben decidir cuál es el instrumento más adecuado para conciliar los derechos de privacidad y de autor”.
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Este sistema de cortar Internet sin autorización judicial ya existe en Francia (Ley Hadopi) y en el Reino Unido.A cambio, la Eurocámara y los Gobiernos pactaron un nuevo artículo de protección de los derechos de los internautas que no estaba previsto en la versión inicial de la legislación. En él se afirma que las restricciones al acceso a Internet "sólo pueden imponerse si son adecuadas, proporcionadas y necesarias en una sociedad democrática". Tales medidas sólo podrán adoptarse "respetando el principio de presunción de inocencia y el derecho a la privacidad" y como resultado de un "procedimiento previo, justo e imparcial" que garantice "el derecho a ser escuchado" y "el derecho a una revisión judicial eficaz y en el momento oportuno".
Para el Director de la AEPD, “en defecto de una ley, el marco legal español no habilita para medidas intrusivas". Además, indicó que la AEPD lleva tiempo pidiendo que se cree una ley "clara" para regular este tema, y abogó por que esta futura normativa sea "lo más proporcionada a los fines que se buscan" y "lo menos intrusiva posible".
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