El Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma la Resolución de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y revoca la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 13 de Madrid. Considera el TSJ de Madrid que se debería haber solicitado el consentimiento de los alumnos, puesto que la lectura de las notas tuvo lugar fuera del ámbito estrictamente universitario.
El Fundamento de Derecho Quinto analiza la legalidad respecto a la legislación de protección de datos del artículo 7 del Real Decreto 1643/2000, de 22 de septiembre, sobre medidas urgentes para la efectividad de la integración en un solo Cuerpo de Notarios y Corredores de Comercio Colegiados. Dicho artículo 7 regula los Índices Informatizados que deben de remitir mensualmente los Notarios a las Juntas Directivas de cada Colegio Notarial.
El reclamante había hecho copia de sus archivos, la mayoría personales, pero algunos de la empresa, mediante una memoria USB. Como consecuencia, se produjo un registro del ordenador del reclamante por parte de la empresa. El Tribunal estima el recurso de súplica del mismo, puesto que el registro del ordenador del reclamante se llevó a cabo sin cumplir con las debidas garantías legales establecidas en el Estatuto de los Trabajadores (registro de taquillas y enseres personales) y, por consiguiente, vulnerando su intimidad.
El Tribunal estima, en parte, la demanda del recurrente basándose en que el consentimiento informado que firmó el paciente tenía un carácter genérico y, por dicho carácter, no se le estaba informando de manera exacta de los riesgos de la intervención.
La Instrucción 2/2003, de 26 de febrero, es impugnada por presunta vulneración del principio de jerarquía normativa por regular el establecimiento y gestión de los ficheros automatizados de los órganos judiciales y por presunta vulneración de la independencia judicial, ya que según los demandantes, el Consejo General del Poder Judicial no les puede imponer un Código de Conducta en relación al uso de los sistemas informáticos de la Administración de Justicia.