Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia nacional de 20 de abril de 2012 sobre uso de una fotografía en la tramitación de un expediente disciplinario contra un guardia civil.
El recurrente, estando de baja y con obligación de reposo, había sido grabado por las cámaras de una gasolinera. Para el Tribunal Supremo la incorporación de las imágenes como parte de un expediente disciplinario, instruido por las autoridades competentes de la Administración pública, estaba legítimamente amparado por el art.6 de la LOPD.
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