La renovación de la autorización de los centros, servicios y establecimientos adscritos a la Consejería de Sanidad se realizará de oficio, por Orden de su titular, dado que la actividad de los mismos se desarrolla bajo la definición de estándares reglados y mecanismos propios de acreditación y de controles permanentes de calidad, seguridad, inspección y evaluación.
d) Autorización de Modificación. Se debe solicitar cuando se realicen cambios no sustanciales o significativos en la estructura física del centro, cuando se produzca un cambio de titularidad o de oferta asistencial.
e) Autorización de Cierre. Se debe presentar cuando se vaya a finalizar la actividad de modo definitivo. Se producirá, con carácter general, mediante declaración responsable, si bien en el supuesto de los centros con internamiento será preciso solicitar autorización de cierre.
f) Cambio de Plantilla. Las variaciones de la plantilla sanitaria deberán comunicarse.
2. Justificante del abono del importe de la tasa correspondiente (modelo 030), excepto para solicitar autorización por Cierre y comunicación por cambio de plantilla sanitaria (ver apartado Gestión, en la columna de la derecha de esta ficha).
3. Resto de documentación a presentar para cada tipo de autorización puede ser consultada en el apartado de Información relacionada en la columna derecha de esta ficha.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 desde el 25 de mayo de 2018 no es necesario presentar la documentación relativa a la inscripción del fichero de historias clínicas en la Agencia Española de Protección de Datos en las solicitudes de Autorización de funcionamiento y Autorización de modificación por cambio de titularidad.
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.