Registro de comunicaciones previo al inicio de la actividad (cambio de titularidad, domicilio, ampliación o baja de productos) y cese de la actividad, para dos tipos de establecimientos:
- Establecimientos que comercializan carnes y sus derivados, sin elaboración propia (carnicerías, pollerías, casquerías, charcuterías).
- Establecimientos que, además de las anteriores actividades, elaboren productos en obrador anexo o separado del punto de venta (carnicerías-salchicherías o carnicerías-charcuterías).
A efectos de control oficial, la documentación y los registros de la aplicación del Sistema de Autocontrol basado en los principios del Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC) deberán estar disponibles en todo momento, pudiendo utilizar para ello voluntariamente las guías de prácticas correctas de higiene (GPCH), previstas en el Reglamento (CE) 852/2004 de 29 de abril.
1.- Solicitud (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
2.- Justificante del abono de la tasa correspondiente, modelo 030 (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha), excepto en Baja del establecimiento y Baja de productos.
3.- Resto de documentación a presentar la puede consultar en el apartado de Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha, dependiendo del tipo de inscripción que solicite:
- Inscripción inicial
- Cambio de titularidad
- Cambio de domicilio social
- Cambio de domicilio industrial
- Ampliación de productos
- Baja del establecimiento
- Baja de productos.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b)Por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción de “Internet” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica
Los Establecimientos inscritos en el Registro: Carnicerías, Carnicerías-salchicherías, Carnicerías-charcuterías y Sucursales se pueden consultar en el apartado Información Relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
* Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor (BOE de 14 de noviembre).
* Orden 1531/2005, de 6 de octubre, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regulan las condiciones y el procedimiento de autorización de los establecimientos de comercio al por menor de carne fresca y sus derivados en la Comunidad de Madrid (BOCM de 26 de octubre).
* Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (BOE nº 57, de 8 de marzo).
* Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 20, de 25 de enero).
* Corrección de errores de la Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 35, de 11 de febrero).
* Resolución de 23 de abril de 2012, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se ordena la publicación de impresos normalizados de los procedimientos de “Comunicación previa de comercio al por menor de carne” y de “Inscripción en el Registro de Industrias Alimentarias” (BOCM nº 112, de 11 de mayo).