Calendario de días inhábiles correspondiente al año 2013, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Son días inhábiles:
a) En todo el territorio nacional: los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: Aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) de este apartado se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto.
Calendario laboral festivo:
— 1 de enero (martes), Año Nuevo.
— 7 de enero (lunes), traslado de la Epifanía del Señor.
— 18 de marzo (lunes), traslado de San José.
— 28 de marzo (jueves), Jueves Santo.
— 29 de marzo (viernes), Viernes Santo.
— 1 de mayo (miércoles), Fiesta del Trabajo.
— 2 de mayo (jueves), Fiesta de la Comunidad de Madrid.
— 15 de agosto (jueves), Asunción de la Virgen.
— 12 de octubre (sábado), Fiesta Nacional de España.
— 1 de noviembre (viernes), Todos los Santos.
— 6 de diciembre (viernes), Día de la Constitución Española.
— 25 de diciembre (miércoles), Natividad del Señor.
Además serán inhábiles en cada municipio de la Comunidad de Madrid los días de sus respectivas fiestas locales.
Se podrá consultar el calendario de los días inhábiles del año 2013 de todas las Comunidades Autónomas, en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.