INTERINOS MAESTROS BAJA TEMPORAL DESPUÉS DE LA ADJUDICACIÓN INFORMÁTICA DEFINITIVA, SI NO HUBIERA OBTENIDO DESTINO EN ESTA Y ANTES DE LA PUBLICACIÓN DE SU CITACIÓN. |
Plazo de presentación de solicitudes: 1. Baja temporal sin causa justificada. Hasta el 28 de febrero de 2019. |
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Según lo establecido en la base 8.3 de la Resolución de 10 de abril de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros para el curso escolar 2018-2019. Los aspirantes a interinidad podrán solicitar la baja temporal de las listas.
a) Baja temporal sin causa justificada para los aspirantes no asignados. Los aspirantes que no hubieran obtenido destino en la asignación informática definitiva, podrán solicitar la baja temporal de todas las listas que en las que estén incluidos, sin aportar documento justificativo alguno, por una sola vez en cada curso escolar y siempre que no hayan solicitado los tipos de baja temporal incluidos en el punto a del apartado 8.1 y en el apartado 8.2 de esta base. El plazo de solicitud para esta baja, estará comprendido desde el día siguiente a la publicación de la asignación informática definitiva hasta el día anterior a la publicación de su citación. En ningún caso podrá solicitarse ni se concederá con posterioridad al 28 de febrero de 2019. La finalización de esta baja temporal coincidirá con la del curso escolar, a menos que la persona interesada solicite la reincorporación, por escrito, antes de la terminación del curso. La solicitud de esta baja temporal se presentará conforme al modelo que figura en esta Resolución como Anexo II b).
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Acceso a la solicitud de Baja temporal. | Enlace | |
Acceso a tramitación telemática. | Enlace |
Acceso a la ficha del Portal del ciudadano |
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