Referencia Legal Normativa:
* DECRETO 118/2007, de 2 de agosto, BOCM de 31 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación. Corrección de errores, BOCM de 25de septiembre
Competencias:
Corresponden a la Dirección General de Recursos Humanos, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de la dirección y coordinación con carácter general de las actuaciones que en el ámbito de su competencia desarrollen las Direcciones de Área Territoriales, las siguientes:
Subdirección General de Gestión de Profesorado de Educación Infantil Primaria y Especial
La propuesta y ejecución de la política del profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.
La propuesta, ejecución y gestión de todo lo relativo al profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial adscrito a los centros docentes, sin perjuicio de las competencias de las Consejerías de Hacienda y de Justicia y Administraciones Públicas.
La gestión de las acciones relativas al ingreso, movilidad, promoción y provisión de puestos de trabajo del profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.
La programación de necesidades de profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas y de Hacienda.
La tramitación de los expedientes relativos a la declaración de situaciones administrativas del profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial, así como los expedientes referentes al reingreso al servicio activo de este personal.
La gestión de las funciones relativas al reconocimiento de servicios previos a la condición de funcionario de carrera y reconocimiento de la antigüedad de los funcionarios docentes de Educación Infantil, Primaria y Especial, de la Comunidad de Madrid.
La tramitación y concesión de comisiones de servicios a los funcionarios docentes de Educación Infantil, Primaria y Especial,.
La tramitación y gestión de las prestaciones sociales de las que sean beneficiarios los funcionarios docentes. de Educación Infantil, Primaria y Especial.
La distribución, seguimiento y control del cupo de profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial.
Los traslados por causas organizativas y de salud laboral del profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial, entre distintos centros docentes
Subdirección General de Gestión de Profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial
La propuesta y ejecución de la política del profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.
La propuesta, ejecución y gestión de todo lo relativo al profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación adscrito a los centros docentes, sin perjuicio de las competencias de las Consejerías de Hacienda y de Justicia y Administraciones Públicas.
La gestión de las acciones relativas al ingreso, movilidad, promoción y provisión de puestos de trabajo del profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.
La programación de necesidades de profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas y de Hacienda.
La tramitación de los expedientes relativos a la declaración de situaciones administrativas del profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación, así como los expedientes referentes al reingreso al servicio activo de este personal.
La gestión de las funciones relativas al reconocimiento de servicios previos a la condición de funcionario de carrera y reconocimiento de la antigüedad de los funcionarios docentes de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación de la Comunidad de Madrid.
La tramitación y concesión de comisiones de servicios a los funcionarios docentes de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación.
La tramitación y gestión de las prestaciones sociales de las que sean beneficiarios los funcionarios docentes. de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación..
La distribución, seguimiento y control del cupo de profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación.
Los traslados por causas organizativas y de salud laboral del profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, e Inspectores de Educación, entre distintos centros docentes
Subdirección General de Gestión Económica y de Personal no docente.
La programación de necesidades de personal funcionario no docente y personal laboral adscrito a los centros docentes, sin perjuicio de las competencias de las Consejerías de Hacienda y de Justicia y Administraciones Públicas.
La propuesta, ejecución y gestión de todo lo relativo al personal funcionario no docente y personal laboral adscrito a los centros docentes, sin perjuicio de las competencias de las Consejerías de Hacienda y de Justicia y Administraciones Públicas.
La aprobación de las remesas de nómina del personal docente no universitario, y del personal laboral y funcionario no docente adscrito a centros docentes, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Hacienda.
La tramitación de las reclamaciones previas a la vía judicial laboral presentadas por el personal laboral adscrito a los centros docentes, y la colaboración para la mejor defensa de los intereses de la Comunidad de Madrid en los procedimientos laborales relativos a dicho personal.
La tramitación y gestión de las prestaciones sociales de las que sean beneficiarios el personal funcionario no docente y personal laboral adscrito a los centros docentes, sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías.
A la Dirección General de Recursos Humanos le corresponden, además, las siguientes funciones:
El ejercicio de las competencias atribuidas a la Oficina Delegada del Registro de Personal en la Consejería de Educación.
La planificación de la tramitación telemática de procedimientos para la gestión del personal docente no universitario.
La coordinación de adjudicaciones de destinos provisionales al personal docente no universitario para el comienzo del curso.
La gestión de la información del profesorado y comunicación con otras unidades administrativas.
La coordinación de las actuaciones de las Direcciones de Área Territoriales en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Recursos Humanos.
Las cuestiones relativas al régimen disciplinario del personal docente no universitario e Inspectores de Educación, así como del personal de administración y servicios de los centros docentes, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.
La coordinación de las actividades de formación dirigidas al personal de administración y servicios de los centros docentes.
El ejercicio de las funciones de coordinación y control de las medidas de seguridad aplicables a los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal correspondientes a los sistemas de información de personal, respecto del personal cuya gestión compete a la Dirección General de Recursos Humanos.
Normativa:
Decreto 137/2000, de 8 de junio, ( BOCM de 9 de junio ).