¿Quién puede suscribir un convenio especial con la seguridad social en materia de seguridad social?
Las personas que pueden suscribir a este tipo de convenio son:
- Emigrantes españoles e hijos de éstos que trabajen en el extranjero, independientemente de que estado o no afiliados a la Seguridad Social española con anterioridad, e independientemente del país en el que trabajen en el sentido de que tengan o no suscrito con España convenio de Seguridad Social.
- Emigrantes españoles que en el momento de su retorno no se encuentren incluidos obligatoriamente en ningún régimen público de Seguridad Social.
- Los españoles seglares misioneros o cooperantes de instituciones religiosas u organizaciones no gubernamentales, que se considerarán emigrantes a estos efectos aun cuando mantengan una relación laboral con dichas organizaciones.