Adquisición por Posesión de Estado
La posesión o utilización continuada de la nacionalidad española durante 10 años, con buena fe y basada en un título inscrito en el Registro Civil Español, es causa de consolidación de la nacionalidad española, aunque se anule el título que la originó. Se hace referencia, por ejemplo, a casos como cuando se descubre que, por una prueba de paternidad, el que aparecía como hijo de español no lo es.