2. Bajo su dependencia, se organizarán las funciones y servicios del departamento y le corresponderá la alta inspección interna de los mismos, así como de la Administración Institucional adscrita a su Consejería.
3. Corresponde al Consejero de Economía y Hacienda el carácter de Presidente de cuantos Organismos Autónomos, órganos de gestión sin personalidad jurídica y entidades que al amparo de lo dispuesto en la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, puedan crearse en el ámbito competencial de la Consejería de Economía y Hacienda y así se disponga.
4. Las competencias atribuidas al Consejero podrán ser desconcentradas, mediante Orden, en otros órganos jerárquicamente dependientes.
Consejería de Economía y Hacienda
Carrera de San Jerónimo, 13.
Código Postal: 28014
Distrito: Centro