Valoración de los bienes inmuebles. La Comunidad de Madrid, tiene la obligación de informar, (a solicitud del interesado y a los efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y Sucesiones y Donaciones), sobre el valor de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, vayan a ser objeto de adquisición o de transmisión.
Dicha información no impedirá la posterior comprobación administrativa pero, cuando el contribuyente haya seguido los criterios manifestados por la Administración tributaria, no incurrirá en ningún tipo de responsabilidad.
Más Información