Los productos que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios considera medicamentos sin haber sido evaluados ni autorizados por dicho organismo, deben ser retirados del mercado y procederse a su destrucción.
A pesar de que los medicamentos son asimilables a residuos no peligrosos, la destrucción de estos productos debe llevarse a cabo a través de una empresa gestora de residuos peligrosos autorizada, con el fin de tener constancia de la trazabilidad del mismo.
El listado de empresas inscritas en el Registro de Gestores de Residuos Peligrosos puede ser consultado en la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
Si los medicamentos objeto de destrucción han sido previamente inmovilizados por la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, la empresa responsable de los mismos deberá solicitar por escrito la desinmovilización para su destrucción indicando en la solicitud la información siguiente:
- Declaración de la retirada de todos los ejemplares existentes en el mercado, presentando para ello:
- Documento de fabricación con el número de unidades.
- Relación de producto distribuido y clientes.
- Relación de producto retirado de los clientes.
- Empresa encargada de la gestión de los medicamentos para su destrucción.
- Autorización del transportista y planta de transferencia de los productos para su destrucción.
- Copia del documento de Aceptación de Residuos por parte de la empresa gestora.
- Notificación de Traslado de residuos.
- Documento de control y seguimiento previo a la destrucción.
- En el caso de que el transportista no sea a su vez gestor de residuos, deberá presentar el documento justificativo de entrega en Planta.
Con la documentación en poder de la Dirección General de Ordenación e Inspección, se notificará la Resolución de desinmovilización de los productos para la destrucción de los mismos por la empresa seleccionada para su destrucción.
Una vez se tenga constancia de la destrucción de los productos se remitirá a la Dirección General de Ordenación e Inspección el Documento de control y seguimiento debidamente cumplimentado por la planta de destrucción.
Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios
C/ Recoletos, 1 - 28001 Madrid