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Centros Colaboradores

Acreditación y/o inscripción de Centros
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Un Centro acreditado y/o inscrito es aquel centro o entidad de formación, público o privado, autorizado mediante resolución de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid para impartir las especialidades formativas incluidas en el "Fichero de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.
Buscador de especialidades

Requisitos para la inscripción y / o acreditación de centros y entidades

Documentación a aportar para la inscripción y/o acreditación de centros y entidades

Obligaciones de los centros y entidades de formación

Baja en el registro de Centros y Entidades de Formación y sus especialidades formativas

Tramitación de la solicitud

Colaboración para la impartición de cursos de idiomas


La "Acreditación" se refiere, a las Especialidades Formativas del Fichero pero vinculadas a un Certificado de Profesionalidad. (Reales Decretos publicados a partir de agosto de 2008).
La "Inscripción", se refiere a las demás Especialidades Formativas del Fichero no vinculadas a Certificados de Profesionalidad

 

Buscador de especialidades

 

En el siguiente enlace puede acceder al buscador de especialidades formativas ubicado en la página institucional del Servicio Público de Empleo Estatal:

 

BUSCADOR DE ESPECIALIDADES FORMATIVAS 


Requisitos para la inscripción y/o acreditación de centros y entidades

 

Los centros y entidades de formación contemplados en el artículo 9.1 del Real Decreto 395/2007 se inscribirán y, en su caso, acreditarán en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo atendiendo a los requisitos que a continuación se detallan, a la espera de la publicación de la normativa que, a este respecto, tiene previsto emitir la Comunidad de Madrid.
La orden TAS/718/2008, por la que se desarrolla el RD 395, establece en su artículo 30 qué requisitos deberán cumplir los centros y entidades de formación para la impartición de formación conducente y no conducente a la obtención de certificados de profesionalidad.

 

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad establece en su artículo 12 los requisitos y la tipología de los centros acreditados para impartir acciones formativas correspondientes a los certificados de profesionalidad.
La inscripción y, en su caso, acreditación se efectuará respecto de las especialidades formativas incluidas en el fichero del Servicio Público de Empleo Estatal, contemplado en los artículos 20.3 del Real Decreto 395/2007, y 7 de la Orden TAS/718/2008, quedando asociado a las especialidades autorizadas.


Tomando como referencia esta normativa se establecen los requisitos para la inscripción y, en su caso, acreditación de centros y entidades de formación profesional para el empleo.

 

I. Requisitos comunes:

a) Tener el domicilio social o de la actividad en España o en algún Estado miembro de la Unión Europea.
b) Estar dado de alta en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a la actividad de formación.
c) Disponer de un centro de formación en el territorio de la Comunidad de Madrid que disponga de las licencias necesarias para llevar a cabo la actividad formativa. Así mismo, deberá disponer de las instalaciones, equipamientos y espacios adecuados para impartir las especialidades para las que solicita la inscripción o acreditación.
Excepcionalmente, aquellas entidades que por las características de las instalaciones requeridas para impartir la parte práctica de la formación no dispongan de las mismas, podrán inscribirse o acreditarse como centros y entidades de formación siempre que aporten, debidamente formalizado, el correspondiente compromiso de disponibilidad de las mismas. Este tipo de instalaciones aparecen contempladas en los programas formativos y en los Certificados de Profesionalidad como "Espacios Singulares".

d) Disponer de espacios e instalaciones comunes adecuados para las actividades de dirección, secretaría y coordinación.
e) En relación con los espacios formativos, cumplir con la normativa industrial, las condiciones higiénicas sanitarias y de seguridad necesarias para el buen desarrollo de las acciones formativas. Cada espacio formativo podrá ser compartido con cualquier otra especialidad formativa de entre las incluidas en el "Fichero de Especialidades", siempre y cuando sea impartida con los mismos medios y equipamientos requeridos, independientemente de la familia profesional a la que pertenezca.

f) Disponer de autorización expedida por la administración pública competente que habilite para impartir la formación en aquellas especialidades que la requieran para su reconocimiento profesional.

g) La capacidad máxima por espacio formativo por la que podrán ser autorizados los Centros será de 25 alumnos. Para ello deberá cumplir tanto con los requisitos establecidos en los programas formativos, como con los requerimientos mínimos de espacio, instalaciones y equipamiento que aparecen en los Reales Decretos de Certificados de Profesionalidad.

II. Requisitos específicos para impartir formación conducente a la obtención de certificados de profesionalidad.

a) Cumplir, por cada especialidad formativa a impartir, con los requisitos establecidos en los reales decretos reguladores de cada certificado de profesionalidad.
b) Disponer de los espacios, instalaciones y recursos requeridos en los programas formativos asociados a cada uno de los certificados de profesionalidad en los que solicite su acreditación.
c) Disponer de un cuadro docente y de expertos que cumpla con las prescripciones sobre titulación, experiencia profesional y competencia docente requerida en la normativa reguladora del certificado de profesionalidad cuya acreditación solicita.

III. Requisitos específicos para impartir formación no conducente a la obtención de certificados de profesionalidad.

a) Cumplir, por cada especialidad formativa a impartir para su inscripción con los requisitos, instalaciones y espacios establecidos en el correspondiente programa formativo de la especialidad.
b) Formalizar compromiso expreso de disponibilidad de personal docente, experto y con experiencia en la especialidad formativa.


 

 Documentación a aportar para la inscripción y/o acreditación de centros y entidades 

 

I. Relativa al centro o entidad de formación:

a) Copia compulsada del NIF o CIF del titular jurídico.
b) Fotocopia del DNI del representante legal, así como, fotocopia compulsada del documento acreditativo de la representación.
c) Copia compulsada del documento acreditativo del alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe de formación o acreditación de la exención.
d) Copia compulsada del documento de propiedad o legitimación de uso del centro de formación.
e) Copia compulsada de la Licencia Municipal de Apertura o, en su caso, de Funcionamiento, para la actividad de formación.
f) Planos Técnicos (Escala 1:50 ó 1:100) de espacios e instalaciones, con la identificación de los espacios comunes y los asociados a cada especialidad formativa solicitada.

II. Relativa a cada una de las especialidades solicitadas:

a) Documento que acredite el correspondiente compromiso de disponibilidad de las instalaciones que, por las características de los requerimientos de la parte práctica de la especialidad solicitada, no pertenezcan al centro o entidad de formación.
b) Copia compulsada de la autorización, expedida por la administración competente, para impartir formación en las especialidades formativas reguladas.
c) Documentación relativa al profesorado:

- Para especialidades conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad: declaración responsable o jurada, según modelo establecido en el Área de descargas, en la que conste el vínculo del personal docente con el centro o entidad de formación, así como su titulación, experiencia profesional y competencia docente.
- Para especialidades no conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad: Declaración responsable o jurada de disponer del personal docente, según modelo establecido (Área de descargas)


 

 Obligaciones de los centros y entidades de formación


Son obligaciones de los centros y entidades de formación, además de las que puedan tener como beneficiarios de las subvenciones previstas en la Orden TAS 718/2008 , las siguientes:

  1. Mantener las instalaciones y la estructura de medios, sobre la misma base que se produjo la inscripción, y adaptarlas a los requisitos mínimos que en cada momento se exijan para cada especialidad acreditada o inscrita.
  2. Colaborar en los procesos para la selección de alumnos y para su inserción en el mercado de trabajo, en la forma que se determine por la Administración laboral competente.
  3. Solicitar autorización expresa para mantener la inscripción y, en su caso acreditación como centro o entidad de formación acreditado cuando se produzca un cambio de titularidad o de forma jurídica del centro.

 

 Baja en el registro de Centros y Entidades de Formación y sus especialidades formativas

 

La Dirección General de Formación, previo trámite de audiencia, dictará resolución por la que se acuerde la baja en el correspondiente Registro cuando incumpla alguna de las obligaciones señaladas anteriormente.

 

Asimismo, previo aviso con una antelación mínima de tres meses, se podrá dar de baja alguna especialidad formativa del centro o entidad de formación cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. Falta de mantenimiento de las exigencias técnico-pedagógicas y de equipamiento tenidas en cuenta para la acreditación o inscripción de la especialidad.
II. Falta de superación de los mínimos de calidad de la formación y, en su caso, de los resultados de inserción profesional de los trabajadores, determinados por la Administración competente.

Las resoluciones a que hacen referencia los apartados anteriores ponen fin a la vía administrativa.

 

 Tramitación de la solicitud

 

Para acceder a los modelos de solicitud y anexos, así como a la tramitación electrónica de la solicitud, acceda a la ficha correspondiente de Servicios y Trámites del Portal de la Comunidad de Madrid.

 

Acceso formulario de solicitud >

 


Área Descargas

Relación de Centros Formación Profesional para el Empleo
Descargar pdf

Listado de Centros por Certificado de Profesionalidad
Descargar pdf

Identidad corporativa en centros y entidades
Descargar Zip

Instrucciones del uso de la identidad corporativa en centros y entidades
Descargar pdf

Ficha de validación de infraestructuras. Convenios 2012-2013
Descargar Doc

Programa especialidad: Aleman Basico Nivel I
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Programa especialidad: Aleman Basico Nivel II
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Programa especialidad: Inglés Basico Nivel I
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Programa especialidad: Inglés Basico Nivel II
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