El arrendamiento de una vivienda lleva aparejada una serie de gastos además de los propios que derivan de la renta a pagar. Estos gastos vienen regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Los arrendadores de vivienda han de tributar por los rendimientos obtenidos por el alquiler. No obstante, hay ciertos gastos deducibles, y además se pueden aplicar una serie de reducciones, de hasta el 100% en el caso de que los inquilinos no superen un determinado límite de edad.
Existe una serie de deducciones que se pueden aplicar los inquilinos de vivienda en su declaración de Renta que, además, se pueden aplicar conjuntamente si se cumplen los requisitos.