A través del Portal del Contribuyente se puede acceder al pago telemático de las deudas tributarias que se encuentren en periodo voluntario de pago o en periodo ejecutivo (antes de la notificación de la providencia de apremio) (modelo 660) mediante cargo en cuenta de cualquiera de las entidades financieras colaboradoras de la Comunidad de Madrid, así como obtener el justificante de los pagos realizados.
Podrá efectuarse el pago de:
• Liquidaciones.
• Aplazamiento y fraccionamiento del pago de los tributos (cuyo vencimiento se produzca en el año en curso).
• Sanciones.
Reimpresión de cartas de pago / pago presencial:
Asimismo, para el caso de haber perdido la carta de pago o cuando se quiera realizar el pago de forma presencial en cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras de la Comunidad de Madrid, el programa cuenta con una opción que permite imprimir en papel las cartas de pago.
Requisitos del pago telemático:
El pago telemático mediante cargo en cuenta podrá realizarse por el obligado tributario o por otras personas con los siguientes requisitos:
• Disponer de certificado de digital expedido por alguno de los prestadores de servicios de certificación reconocidos por la Comunidad de Madrid.
• Disponer de los datos de la deuda que desea pagar (modelo 660).
• Ser titular o persona autorizada para la disposición de fondos de una cuenta en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras de la Comunidad de Madrid.
Plazos para el pago telemático:
La opción de Pago Telemático de Deudas no cambia los plazos para realizar el pago. Por tanto, el pago debe efectuarse dentro de los plazos indicados en la liquidación o en la resolución de concesión del aplazamiento o fraccionamiento.
Documento justificativo del pago:
Una vez efectuado el pago, el programa de Pago Telemático de Deudas permite:
• Imprimir la carta de pago.
• Almacenar la carta de pago en un soporte informático.
La carta de pago con los correspondientes códigos NCCM y CSO tiene la consideración de justificante de pago y produce efectos liberatorios para el deudor.
http://gestiona.madrid.org/optima_deudas