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Viernes, 24 de mayo de 2013

Publicidad sanitaria

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Control de publicidad médico-sanitaria .>

La Dirección General de Ordenación e Inspección es la competente para comprobar y vigilar que la publicidad sanitaria en centros y servicios sanitarios o establecimientos no sanitarios se ajusta a la legislación vigente, a solicitud de ciudadanos, Administraciones y otros Organismos.

 
Control de publicidad de medicamentos .>

El Área de Control de Publicidad de Medicamentos de la Dirección General de Ordenación e Inspección es la encargada del control de la publicidad de medicamentos.

 
Control de publicidad de productos sanitarios .>

La publicidad y promoción de los productos sanitarios se rige por los principios generales establecidos en la Ley General de Publicidad y la Ley General de Sanidad.  La Publicidad directa al público de los productos sanitarios es objeto de autorización previa por la autoridad sanitaria de las comunidades autónomas.

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