La Dirección General de Ordenación e Inspección es la competente para comprobar y vigilar que la publicidad sanitaria en centros y servicios sanitarios o establecimientos no sanitarios se ajusta a la legislación vigente, a solicitud de ciudadanos, Administraciones y otros Organismos.
El Área de Control de Publicidad de Medicamentos de la Dirección General de Ordenación e Inspección es la encargada del control de la publicidad de medicamentos.
La publicidad y promoción de los productos sanitarios se rige por los principios generales establecidos en la Ley General de Publicidad y la Ley General de Sanidad. La Publicidad directa al público de los productos sanitarios es objeto de autorización previa por la autoridad sanitaria de las comunidades autónomas.
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