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Programas de ayuda y presentación telemática

Presentación Telemática Juego: 045/097/044
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A través de la página web de la Dirección General de Tributos se puede llevar a cabo la presentación telemática de la tasa fiscal sobre el juego de máquinas y aparatos automáticos, Tasa fiscal sobre el juego que grava los juegos celebrados en Casinos y el Impuesto sobre la instalación de máquinas en establecimientos de hostelería.
Con carácter previo a la autoliquidación del correspondiente tributo, las empresas que quieran ejercer actividades relacionadas con el juego deberán obtener la correspondiente autorización administrativa. Para ello, deberán dirigirse a  la Dirección General de Ordenación y Gestión de Juego, situada en la Plaza de Chamberí 8, 28010-Madrid.

Modelos de declaración-liquidación:

044: Casinos de Juego
045: Maquinas y aparatos automáticos
097: Impuesto sobre la instalación de maquinas en establecimientos de hostelería autorizados

* Acceso a los modelos de declaración

Requisitos:

1. Si la presentación telemática se efectúa por el representante voluntario del sujeto pasivo, dicha representación deberá haber sido acreditada previamente ante la Dirección General de Tributos, situada en el Paseo General Martínez Campos, 30, 28010-Madrid, mediante el correspondiente modelo de representación.

 

En la opción "Otros Impresos" de lapestaña"OficinaVirtual>Impresos" dispone del citado modelo de representación.

 

2. El usuario deberá tener Certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.

Estos certificados garantizan la privacidad de las comunicaciones a través de una conexión segura SSL y la autenticación de los usuarios.

3. El usuario deberá disponer en su equipo informático de los siguientes elementos:

- Sistema  operativo: Windows 98 o superior.
- Navegador: Microsoft Internet Explorer 5.0 o superior.
- Visor documentos electrónicos: Acrobat Reader  5.0 o superior.

Instrucciones de uso:

-
Seleccione el certificado de usuario que le permite el acceso autorizado por la Comunidad de Madrid para efectuar la presentación telemática, en la pantalla de autenticación del cliente.
-Introduzca el N.I.F. del sujeto pasivo declarante.
-Seleccione el modelo de autoliquidación que desea realizar:

Pago de la autoliquidación:

1. PAGO TELEMATICO:

Para utilizar este sistema, sólo es necesario disponer de una cuenta corriente en cualquiera de las   entidades colaboradoras para la gestión recaudatoria de los tributos en la Comunidad de Madrid, no siendo necesario ser cliente de banca electrónica.

Una vez facilitado el número de cuenta con cargo a la cual se va a efectuar el pago, la Comunidad de Madrid, a través de las pasarelas de pago existentes con las entidades colaboradoras enviara la información de la declaración efectuada para que se realice el cargo de la deuda tributaria.

Es requisito necesario que el titular del certificado de usuario, asimismo, sea titular de la cuenta o persona autorizada para disponer de la misma.

La entidad colaboradora, efectuadas las comprobaciones oportunas, aceptará o rechazará el cargo en cuenta. Caso de ser aceptado, asignará a la autoliquidación un Número Completo de la Comunidad de Madrid (NCCM), que se generará informáticamente mediante un sistema criptográfico que relaciona de forma unívoca dicho NCCM con la fecha, el importe a ingresar y el número de la autoliquidación.

De no ser aceptado el pago se mostrará en pantalla la descripción de los errores detectados a fin de proceder a su subsanación.

2. PAGO PRESENCIAL EN CUALQUIERA DE LAS OFICINAS DE LAS ENTIDADES COLABORADORAS.

Si se elige esta forma de pago, el sistema generará una carta de pago con dos ejemplares, que deberá imprimir el usuario para efectuar el ingreso correspondiente. Realizado el ingreso, la entidad colaboradora devolverá al interesado su ejemplar debidamente validado en el que figurará el correspondiente NCCM. El usuario se pondrá de nuevo en comunicación telemática con la Web de la Comunidad de Madrid y deberá proceder a incluir en la declaración pendiente, el NCCM suministrado por la entidad colaboradora.

Firma y presentación de la autoliquidación:

-
El usuario deberá firmar su autoliquidación para presentarla formalmente mediante la firma digital que se generará a través del correspondiente certificado. Si la autoliquidación es aceptada, la Dirección General de Tributos devolverá la autoliquidación validada con un código electrónico de 16 caracteres denominado Código Seguro de Operación (CSO), además de la fecha y hora de presentación.

El Código Seguro de Operación es un código generado informáticamente por la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid mediante un sistema criptográfico, que permite asociar de forma inequívoca la presentación telemática de cada autoliquidación efectuada acreditando su presentación y la fecha y hora en que se ha realizado.

- El usuario deberá imprimir la autoliquidación efectuada junto con su anexo, validada con los correspondientes NCCM y Código Seguro de Operación, que deberá conservar a efectos de justificación tanto del pago como de la presentación de la misma.

 

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