Hospital Gregorio Marañón

Hospital General Universitario Gregorio Marañón
Martes, 21 de mayo de 2013 Comunidad de Madrid

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Docencia


M.I.R.


Docencia MIR
M.I.R.
Requisitos que establece el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la realización de estancias formativas
1.- Ciudadanos de países de la Unión Europea:

- fotocopia cotejada y visada con el original del Título de Especialista ó Certificación original de las autoridades de su país competentes en la formación sanitaria especializada, que permitan la obtención de un título con el que se puede ejercer en su país y homologable en el resto de la Unión Europea, en la que se especifique expresamente que dicha formación es conforme a las Directivas 93/16/CEE del Consejo y en las modificaciones posteriores establecidas en las Directivas 2001//19/CE, 98/63/CE de la Comisión. Estas Directivas deberán citarlas al expedirles el Certificado.

- reconocimiento del título de licenciado en Medicina y Cirugía emitido por el Ministerio de Sanidad (Paseo del Prado nº 28, 28071-Madrid) ó fotocopia cotejada y visada con el original del título de Licenciado (en este caso solamente se permitirá la estancia como observador)

- fotocopia cotejada y visada con el original del Pasaporte ó DNI

- solicitud al Presidente de la Comisión de Docencia especificando el tiempo y especialidad por la que desea rotar.

- Seguro de responsabilidad civil y penal que deberá presentar en la Secretaria de Docencia donde ha solicitado la rotación.

- la duración máxima de estas rotaciones será de seis meses en un curso y hasta doce meses durante todo el periodo formativo.

- las solicitudes deberán presentarse con dos meses de antelación a la realización de la rotación para su posterior envío al Ministerio de Sanidad.


2.- Ciudadanos de paises no pertenecientes a la Unión Europea:

- fotocopia cotejada y visada con el original del título de licenciado en Medicina y Cirugía por la embajada/consulado de España en el país de origen.

- fotocopia cotejada y visada con el original del pasaporte por la embajada/consulado de España en el pais de origen.

- fotocopia cotejada y visada con el original de la homologación del titulo de Medicina y Cirugía emitido por el Ministerio de Educación y Ciencia español (este requisito sólo se exige para los médicos que ya son especialistas)

- solicitud de la estancia dirigida al Presidente de la Comisión de Docencia especificando el tiempo, la especialidad.

- Año de Residencia, denominación y duración de la misma.

- la duración de estas estancias será por un periodo máximo de doce meses.

- las solicitudes deberán presentarse con dos meses de antelación a la realización de la estancia para su posterior envío al Ministerio de Sanidad.

NOTA: La estancia formativa, durante la que no existirá vinculación laboral con el centro sanitario, no podrá ser tomada en consideración para la obtención del título español de Médico Especialista ó para la homologación de títulos extranjeros al citado título español.

 


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