- fotocopia cotejada y visada con el original del Título de Especialista ó Certificación original de las autoridades de su país competentes en la formación sanitaria especializada, que permitan la obtención de un título con el que se puede ejercer en su país y homologable en el resto de la Unión Europea, en la que se especifique expresamente que dicha formación es conforme a las Directivas 93/16/CEE del Consejo y en las modificaciones posteriores establecidas en las Directivas 2001//19/CE, 98/63/CE de la Comisión. Estas Directivas deberán citarlas al expedirles el Certificado.
- reconocimiento del título de licenciado en Medicina y Cirugía emitido por el Ministerio de Sanidad (Paseo del Prado nº 28, 28071-Madrid) ó fotocopia cotejada y visada con el original del título de Licenciado (en este caso solamente se permitirá la estancia como observador)
- fotocopia cotejada y visada con el original del Pasaporte ó DNI
- solicitud al Presidente de la Comisión de Docencia especificando el tiempo y especialidad por la que desea rotar.
- Seguro de responsabilidad civil y penal que deberá presentar en la Secretaria de Docencia donde ha solicitado la rotación.
- la duración máxima de estas rotaciones será de seis meses en un curso y hasta doce meses durante todo el periodo formativo.
- las solicitudes deberán presentarse con dos meses de antelación a la realización de la rotación para su posterior envío al Ministerio de Sanidad.
2.- Ciudadanos de paises no pertenecientes a la Unión Europea:
- fotocopia cotejada y visada con el original del título de licenciado en Medicina y Cirugía por la embajada/consulado de España en el país de origen.
- fotocopia cotejada y visada con el original del pasaporte por la embajada/consulado de España en el pais de origen.
- fotocopia cotejada y visada con el original de la homologación del titulo de Medicina y Cirugía emitido por el Ministerio de Educación y Ciencia español (este requisito sólo se exige para los médicos que ya son especialistas)
- solicitud de la estancia dirigida al Presidente de la Comisión de Docencia especificando el tiempo, la especialidad.
- Año de Residencia, denominación y duración de la misma.
- la duración de estas estancias será por un periodo máximo de doce meses.
- las solicitudes deberán presentarse con dos meses de antelación a la realización de la estancia para su posterior envío al Ministerio de Sanidad.
NOTA: La estancia formativa, durante la que no existirá vinculación laboral con el centro sanitario, no podrá ser tomada en consideración para la obtención del título español de Médico Especialista ó para la homologación de títulos extranjeros al citado título español.