Los promotores de viviendas que soliciten su calificación provisional a partir del 11 de agosto de 2009, lo hacen al amparo del Reglamento de Viviendas con Protección Pública aprobado por el Decreto 74/2009, de 30 de julio y las promociones deben cumplir las especificaciones de superficie, destino, precio, uso y calidad establecidas en dicho Reglamento.