La Comunidad de Propietarios está formada por el conjunto de los Propietarios de las viviendas, locales y cualquier otra unidad de ocupación independiente que componen una finca.
Para la adopción de acuerdos en Junta la Ley de Propiedad Horizontal requiere de una serie de mayorías, que varían en función de la relevancia de los asuntos que se traten y, una vez aprobados, se han de plasmar en el Acta de la Junta.
Para la realización de obras en un inmueble hay que distinguir si éstas sólo a afectan a las viviendas o se interviene en elementos comunes del edificio. Su autorización en Junta y la mayoría necesaria dependen del tipo de obra que se trate.
La Comunidad de Propietarios ha de hacer frente a sus gastos mediante las cuotas de cada propietario; a tal efecto, existe un procedimiento para reclamar los impagos de dichas cuotas. Además, la Comunidad está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
La Comunidad de Madrid lleva, desde hace algunos años, poniendo en marcha sus propios Planes Renove, dirigidos a comunidades de propietarios, particulares y empresas, con el fin de mejorar la eficiencia energética, renovar infraestructuras obsoletas y luchar contra el cambio climático.
La Comunidad protegerá los derechos de los consumidores en materia de vivienda mediante peritajes especializados y avalados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM).