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¿Quieres trabajar en otro país?
Como ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, tienes derecho a trabajar en cualquier Estado miembro, sea como trabajador por cuenta ajena o como trabajador por cuenta propia, a buscar trabajo o solicitar cualquier puesto de trabajo anunciado en cualquier lugar de la UE, con excepción de determinados puestos de la administración pública y a instalarte allí cuando estés jubilado. Debes recibir el mismo trato que cualquier ciudadano de ese país y algunos de los derechos de los que disfrutas por ser un trabajador de la UE pueden ampliarse a tu cónyuge y a los miembros de tu familia.
Cabe señalar que, tras cualquier ampliación de la UE, existe un período transitorio de siete años, como máximo, durante el cual el Derecho comunitario relativo a la libre circulación de los trabajadores no se aplica plenamente en toda la UE ampliada. Debido a ello, durante el período transitorio, los trabajadores de algunos de los Estados que se han adherido más recientemente a la UE pueden haber encontrado restricciones para acceder a los mercados de trabajo de los antiguos Estados miembros (EU-15), al mismo tiempo que los trabajadores de EU-15 pueden haber encontrado restricciones recíprocas en algunos nuevos Estados miembros.
Los miembros de tu familia, independientemente de su nacionalidad, tienen derecho a acompañarte o a reunirse contigo en tu país de empleo. Tus familiares tienen derecho a la enseñanza general y a la formación profesional existente en tu nuevo país.
La normativa comunitaria te garantiza la afiliación a un régimen de protección social único y que no pierdas ninguno de tus derechos, especialmente los relativos a la jubilación.
En principio, estás asegurado en el país en que trabajas. Tú, y en determinadas circunstancias, tu familia, tenéis derecho a disfrutar de las mismas prestaciones sociales y de seguridad social que los nacionales del país de acogida. Estos derechos cubren las prestaciones por enfermedad y maternidad (prestaciones sanitarias y económicas), invalidez, ancianidad y viudedad y las prestaciones por accidente laboral, enfermedad profesional, defunción y desempleo, así como las prestaciones familiares. Como contrapartida, deberás pagar las mismas cotizaciones que los nacionales del país de acogida.
No obstante, hay disposiciones específicas para los trabajadores fronterizos y los trabajadores trasladados temporalmente.
Estás sujeto a las mismas condiciones laborales que los nacionales del país en que trabajas en lo referente a remuneración, despido y reinserción, así como a las medidas de protección de la salud y seguridad en el lugar de trabajo.
Tienes derecho a que se te contrate en las mismas condiciones que a los ciudadanos del país en el que buscas trabajo y no se te puede exigir que cumplas ningún requisito adicional. Cuando proceda, también disfrutarás del mismo trato preferente en relación con el acceso al empleo, lo que significa que puedes presentar tu candidatura a cualquier oferta de empleo anunciada en cualquier país de la UE. Sin embargo, pueden reservarse a los ciudadanos del país determinados puestos de trabajo que implican el ejercicio del poder público y la protección de los intereses generales del Estado (por ejemplo, las fuerzas armadas, la policía, la judicatura, la administración fiscal, el cuerpo diplomático, etc.).
Esto significa que todos los ciudadanos de la UE pueden acceder no sólo a los empleos disponibles en el sector privado, sino también a un gran número de puestos de trabajo en los sectores de la sanidad, la educación y los servicios públicos (como el suministro de gas y electricidad, correos y telecomunicaciones, la transmisión por televisión y radio, el transporte público, incluidas las compañías aéreas y marítimas), así como a la investigación a efectos civiles.
Tienes derecho a afiliarte al sindicato de tu elección y ejercer tus derechos sindicales en idénticas condiciones que los trabajadores del país de acogida.
Tanto si eres hombre como mujer, te deberán tratar de manera equitativa y deberás tener los mismos derechos y oportunidades en tu puesto de trabajo en cualquier país de la UE. La legislación comunitaria te da derecho a:
En todos los países de la UE, los padres tienen los siguientes derechos:
Fuente: Comunidades Europeas. El Portal de la Unión Europea.