Vivir en Europa > Trabajar en otro país de la UE > Buscar trabajo > Búsqueda de trabajo
Si te encuentras desempleado, podrás permanecer en otro país de la UE para buscar trabajo durante un «período suficiente». Por ahora, a falta de una disposición comunitaria que fije la duración de ese período, la mayor parte de los Estados miembros consideran que éste sería un período de seis meses, aunque en algunos este plazo es de tres meses. Lo más recomendable es comprobar la situación exacta con las autoridades del Estado miembro en el que vayas a buscar trabajo. No obstante, podrás prorrogar tu estancia si puedes demostrar que sigues buscando empleo seriamente y que tienes posibilidades reales de encontrarlo (por ejemplo, después de una entrevista o si estás pendiente de alguna prueba). Podrás inscribirte en las oficinas de empleo que elijas sin tener que cumplir ningún requisito en materia de residencia, y se te deberá prestar la misma ayuda para encontrar empleo que a los ciudadanos del país de acogida.
Durante un plazo máximo de tres meses, podrás seguir percibiendo cualquier prestación por desempleo que hayas estado recibiendo, siempre que cumplas determinadas condiciones.
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Por ejemplo: si has percibido prestaciones por desempleo en Francia, podrás seguir percibiéndolas mientras buscas trabajo en otro Estado miembro, siempre que lleves inscrito al menos cuatro semanas en la Agencia Nacional de Empleo (Agence Nationale pour l’Emploi — ANPE). La Agencia te facilitará un formulario E 303, que deberás cumplimentar y presentar a los servicios de empleo del país en el que buscas trabajo. No obstante, si no encuentras trabajo y deseas mantener tu derecho a prestaciones por desempleo, en un plazo de tres meses deberás volver a Francia e inscribirte en los servicios de empleo.
Cualquier persona que busque trabajo o que lo haya encontrado en otro Estado miembro, podrá utilizar la red EURES, establecida por la Comisión Europea y los servicios nacionales de empleo. Esta red está constituida por 450 «euroconsejeros» repartidos por todo el Espacio Económico Europeo, los cuales han recibido una formación específica para informarte, asesorarte y ayudarte a encontrar trabajo. Puedes ponerte en contacto con ellos a través de las oficinas de empleo.
Si has encontrado un empleo remunerado en cualquier otro país de la UE, tienes derecho a salir de tu país sin tener que realizar ningún trámite especial. Sólo necesitarás un carné de identidad o un pasaporte válidos y este derecho únicamente puede limitarse por razones graves de seguridad, salud u orden públicos.
Sin embargo, debes de tener en cuenta que tu derecho a acceder al empleo en otro Estado miembro de la UE puede estar sujeto a las disposiciones transitorias acordadas en el contexto de las recientes ampliaciónes de la UE.
Información sobre mercados de trabajo en países de la UE:
Consejería de Empleo y Mujer
Dirección General de Empleo
Unidad: EURES: Servicio de Intermediación Laboral
Contacto: Gloria de Luis Acevedo
Vía Lusitana nº 21, 1º 28025 Madrid
eures-madrid-deluisa@inem.es Telf.: 91 4207370 Fax : 91 5802718
Información sobre trabajo en la UE y asuntos europeos en general:
Consejería de Empleo y Mujer
Dirección General de Empleo
Unidad: EURES: Servicio de Intermediación Laboral
Contacto: Carmen de Eguilior Álvarez de Rivera
Vía Lusitana nº 21, 1º 28025 Madrid
eures-madrid-eguilior@inem.es Telf.: 91 4207368 Fax : 91 5802718
Fuente: Comunidades Europeas. El Portal de la Unión Europea.