CÓMO PARTICIPAR:
En el perfil de contratante, en la información que se ofrece de cada convocatoria, figura la fecha límite de presentación de ofertas (procedimiento abierto) o de solicitudes de participación (procedimientos restringido, licitación con negociación, diálogo competitivo y asociación para la innovación) y el medio o lugar de presentación.
En los pliegos de condiciones del contrato se indican los requisitos para contratar, los criterios de adjudicación y la forma en que deben presentarse las proposiciones; se relacionan los documentos que deben acompañarlas y se incluyen los correspondientes modelos.
Los certificados del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) acreditan frente a todos los órganos de contratación, a tenor de lo en ellos reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
La inscripción en el ROLECE tiene carácter voluntario, sin que la misma constituya un requisito obligatorio para concurrir a los procedimientos de contratación. No obstante, es necesario inscribir en el ROLECE la clasificación obtenida por el empresario, en su caso, y las prohibiciones de contratar que deban constar en él.
En la convocatoria de cada contrato se indica si se exige la presentación de ofertas y solicitudes de participación por medios electrónicos y, en tal caso, se incluye un enlace a la página web sobre la licitación electrónica (sistema Licit@), donde se ofrece la información correspondiente y están disponibles los medios necesarios.
La publicación en el perfil de contratante de la información relativa a los procedimientos de adjudicación de contratos corresponde a cada órgano de contratación convocante. Entre los datos de cada convocatoria se incluyen los puntos de contacto del correspondiente órgano de contratación, donde obtener documentación e información adicional sobre el procedimiento en concreto.
En la ficha del correspondiente contrato es posible suscribirse a un servicio de alertas que enviará mensajes de texto a teléfono móvil (SMS) o correo electrónico cada vez que se añadan nuevos datos o documentos o que se modifiquen los publicados.
TRAMITACIÓN:
En la información de cada convocatoria se publican las actas de las reuniones de las mesas de contratación celebradas en el procedimiento de adjudicación.
El tablón de anuncios electrónico se utiliza para publicar los defectos u omisiones de la documentación presentada, los empresarios admitidos y excluidos, las empresas con ofertas anormales o desproporcionadas y otras informaciones que deben comunicarse a los interesados.
La información sobre la adjudicación y la formalización de los contratos se incluye en la de la correspondiente convocatoria conforme se va produciendo. También se informa de la adjudicación y formalización de los contratos aunque se empleen procedimientos sin publicidad previa (sin anuncio de licitación).
En caso de que no llegue a producirse la adjudicación porque la licitación quede desierta o porque la entidad contratante renuncie a la celebración de un contrato ya convocado o desista del procedimiento de adjudicación, se publica en su lugar la información correspondiente a la declaración de desierta, a la renuncia o al desistimiento.
El procedimiento de contratación puede encontrarse en los siguientes estados o situaciones:
EJECUCIÓN Y FINALIZACIÓN DEL CONTRATO:
También se va publicando, en la ficha del correspondiente contrato, la información sobre su ejecución (como las subcontrataciones efectuadas, las modificaciones, las prórrogas, las ampliaciones del plazo de ejecución o las penalidades impuestas al contratista) y sobre su finalización (como la liquidación o la resolución del contrato).
NORMATIVA APLICABLE:
En la página web de normativa sobre contratos públicos puede consultarse la legislación del Estado y de la Comunidad de Madrid sobre contratación pública, además de los reglamentos y directivas de la Unión Europea en esa materia.