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Preguntas más frecuentes sobre el Transporte Escolar
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¿Quién tiene derecho a usar el servicio de transporte escolar?
Tendrán derecho a usar el servicio de transporte escolar,
los alumnos matriculados en centros docentes públicos que se encuentren en alguno
de los siguientes supuestos:
Alumnos que, cursando estudios de niveles obligatorios de la enseñanza,
residan en localidades que carezcan de puestos escolares adecuados a dichos niveles.
Alumnos de Educación Especial escolarizados en centros específicos, así como los
que tengan discapacidad motórica escolarizados en centros docentes ordinarios.
Alumnos que, por circunstancias distintas a las anteriores, debidamente ponderadas
y expresamente autorizadas por la Dirección de Area Territorial, precisen de la
utilización del servicio de transportes escolar para su escolarización obligatoria.
¿Qué tiempo, como máximo, puede durar una ruta de
transporte escolar?.
Los itinerarios y horarios deben establecerse de tal forma que,
en circunstancias normales, resulte posible que el tiempo máximo que los alumnos
permanezcan en el vehículo no alcance una hora por cada sentido de viaje.
Artículo 11 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril.
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