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Centros Públicos. Servicios de Transporte Escolar
El transporte escolar es un servicio escolar complementario de la enseñanza
de carácter excepcional, destinado a hacer posible la escolarización de aquellos alumnos que,
cursando estudios del nivel obligatorio de la enseñanza en Centros Públicos, residen en
localidades que carecen de puestos escolares adecuados a este nivel de estudios y, por tanto,
han de trasladarse a otras más próximas para su correcta escolarización.
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Preguntas más frecuentes sobre el Transporte Escolar
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¿Quién tiene derecho a usar el servicio de transporte escolar?
Tendrán derecho a usar el servicio de transporte escolar,
los alumnos matriculados en centros docentes públicos que se encuentren en alguno
de los siguientes supuestos:
- Alumnos que, cursando estudios de "niveles
obligatorios de la enseñanza", residan en localidades que carezcan de puestos escolares
adecuados a dichos niveles.
- Alumnos de Educación Especial escolarizados en centros específicos, así como los
que tengan discapacidad motórica escolarizados en centros docentes ordinarios.
Alumnos que, por circunstancias distintas a las anteriores, debidamente ponderadas
y expresamente autorizadas por la Dirección de Area Territorial, precisen de la
utilización del servicio de transportes escolar para su escolarización obligatoria.
¿Qué tiempo, como máximo, puede durar una ruta de
transporte escolar?.
Los itinerarios y horarios deben establecerse de tal forma que,
en circunstancias normales, resulte posible que el tiempo máximo que los alumnos
permanezcan en el vehículo no alcance una hora por cada sentido de viaje.
Artículo 11 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril.
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