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En cada Centro de Apoyo al
Profesorado existirá un órgano colegiado denominado Consejo del
Centro de Apoyo al Profesorado con las siguientes funciones:
-
Supervisar
la actividad general del centro.
-
Ser oído en
relación con la propuesta de nombramiento del Secretario.
-
Aprobar
el Proyecto Pedagógico del Centro.
-
Aprobar
el proyecto de presupuesto del centro, que será enviado para
su aprobación a la Dirección de Área Territorial a la que esté adscrito el Centro de Apoyo al Profesorado.
-
Elaborar y
aprobar el proyecto de Reglamento de Régimen Interno del
centro, que será elevado para su autorización a la Dirección
General de Ordenación Académica.
-
Tomar parte
activa en la detección de las necesidades de formación del
profesorado de la zona.
-
Aprobar el proyecto del Plan Anual de Actuación.
-
Aprobar la
Memoria Anual de actividades.
-
Elaborar un
informe que valore los resultados de cada actividad de formación desarrollada o coordinada por el centro.
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Cuantas
otras le atribuya el Reglamento de Régimen Interno del
Centro.
Los representantes de los claustros en el Consejo del Centro de
Apoyo al Profesorado permanecerán en su puesto durante un
periodo de 3 años.
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DAT -
MADRID CAPITAL
Número
de representantes |
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C.A.P. |
E. INFANTIL, PRIMARIA Y DE
ADULTOS |
E. SECUNDARIA
Y DE RÉGIMEN ESPECIAL |
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Ciudad Lineal |
2 |
3 |
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Hortaleza -
Barajas |
2 |
2 |
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Latina-Carabanchel |
2 |
3 |
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Madrid – Centro |
2 |
3 |
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Madrid – Norte |
2 |
3 |
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Retiro |
2 |
3 |
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Vallecas |
2 |
3 |
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Villaverde |
2 |
3 |
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