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Atención a la Diversidad

Educación Compensatoria

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Aulas de Compensación Educativa (A.C.E.s)

Medida organizativa extraordinaria de promoción educativa para garantizar la atención educativa y favorecer la integración escolar del alumnado, propiciando el desarrollo de las capacidades incluidas en los objetivos generales de etapa y hacer posible, en su caso, su incorporación a un programa de Garantía Social o de Cualificación Profesional Inicial o a un programa de Diversificación Curricular.


¿Quienes son los destinatarios?

Alumnado en situación de desventaja de educación secundaria obligatoria que cumpla 15 años en el año natural en el que se inicie el curso escolar correspondiente y que, además de acumular desfase curricular significativo en la mayoría de las áreas, valore negativamente el marco escolar y presente serias dificultades de adaptación al mismo, o haya seguido un proceso de escolarización tardía o muy irregular, que hagan muy difícil su incorporación y promoción en la etapa. Podrán incorporarse a un aula de compensación educativa aquellos alumnos que presenten las características señaladas anteriormente y además, reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar desescolarizados o en grave riesgo de abandono escolar por encontrarse en situación familiar y social desfavorecida.
b) No encontrarse en condiciones de alcanzar los objetivos de la educación secundaria obligatoria, a pesar de haberse adoptado con él las medidas de atención a la diversidad previstas en la legislación vigente.
Con carácter excepcional, podrá proponerse la escolarización en un aula de compensación educativa de los alumnos que cumplan todos los requisitos establecidos anteriormente, salvo el de la edad.

El número de alumnos atendidos en cada grupo de un aula de compensación educativa no podrá ser superior a quince y su adscripción a la misma se revisará periódicamente, en función de sus progresos de aprendizaje.

Objetivos
  • Garantizar la atención educativa y favorecer la integración escolar del alumnado con las características descritas, propiciando el desarrollo de las capacidades incluidas en los objetivos generales de la etapa y hacer posible, en su caso, su incorporación a un programa de Garantía Social o de Cualificación Profesional Inicial o a un programa de Diversificación Curricular.

Modelo organizativo
  • Los alumnos que se incorporen a un aula de compensación educativa seguirán el currículo de la educación secundaria obligatoria debidamente adaptado a sus capacidades, intereses y necesidades específicas, con un enfoque eminentemente práctico. El referente de las programaciones y del conjunto de actividades didácticas que se desarrollen serán los objetivos generales de la etapa y, como objetivos más específicos, tendrán los siguientes:
    a) Obtener niveles adecuados de socialización y convivencia.
    b) Propiciar la madurez propia de la etapa evolutiva del alumnado.
    c) Garantizar unos conocimientos y destrezas básicos que permitan el aprendizaje futuro de un oficio.
  • El currículo de las aulas de compensación educativa se organizará en tres ámbitos: ámbito práctico, ámbito lingüístico-social y ámbito científico-matemático, que incorporarán los objetivos y contenidos de las áreas y materias de la E.S.O., así como las adaptaciones necesarias para la atención educativa de este alumnado. Los centros docentes establecerán, en función de las características y expectativas del alumnado, la distribución horaria de cada uno de los ámbitos citados que en ningún caso podrá superar, en conjunto, los 20 períodos lectivos semanales. Además, los alumnos cursarán dos periodos lectivos semanales de educación física, uno de religión o actividades alternativas, dos de tutoría y cinco de libre utilización por parte del centro para actuaciones apropiadas a los intereses del alumnado.
    - El núcleo fundamental del currículo estará constituido por el ámbito práctico, tendrá un enfoque interdisciplinar y utilizará una metodología activa desarrollada a través de proyectos y talleres que impliquen al alumno/a en su proceso educativo.
    - La acción tutorial que tendrá un lugar preferente en el desarrollo del currículo, se llevará a cabo en dos sesiones semanales.
    - Para la organización pedagógica de las aulas de compensación educativa se seguirán las orientaciones que figuran como Anexo VIII de la presente Resolución.
  • Con carácter general, el tiempo máximo que un alumno/a podrá permanecer escolarizado en un aula de compensación educativa será hasta terminar el curso que finalice en el año natural en el que el alumno/a cumpla 16 años, edad en la que podrá acceder a un programa de garantía social o cualificación profesional inicial o, en su caso, a un programa de diversificación curricular.
    Excepcionalmente, la Dirección General de Promoción Educativa podrá autorizar la permanencia un año más en el aula de compensación educativa cuando las circunstancias así lo aconsejen, a propuesta de la dirección del centro y con informe favorable del Servicio de Inspección de Educación.
  • Una vez realizada la autorización y transcurrido un mes desde la convocatoria para la entrevista inicial si el alumno no hubiera formalizado su matricula en el ACE o, realizada la matriculación, se ausentase por un periodo superior a veinte días lectivos sin justificación adecuada, quedará sin efecto la autorización que en su día hubiera emitido a su favor la DGPE, volviendo su expediente, en el primer caso al centro de origen y en el segundo a las comisiones de Absentismo y Escolarización.
Aulas de Compensación Educativa en la DAT-ESTE
A.C.E.
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Referencias Legislativas ACEs

Anexos
Anexo I: Informe-Propuesta del Equipo Docente para la admisión en un Aula Educativa.
Anexo II: Informe Psicopedagógico para la incorporación a un Aula de Compensación Educativa.
Anexo III: Conformidad de la familia o responsables legales.
Anexo VI: Solicitud de incorporación a un Aula de Compensación Educativa para alumnado en situación de abandono escolar o de incorporación tardía al Sistema Escolar.
Más información
Dirección General de Ed. Secundaria y FP C/ Gran Vía, 10
C.P. 28013 Madrid
91.720.00.00
Dirección de Área Territorial Madrid-Este
"Servicio de Unidad de Programas Educativos"
C/ Jorge Guillén, s/n ó C/ Alalpardo s/n
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91.887.20.97

Actualización: 26-05-2009