La Consejería de Educación, a través de la Dirección General de Ordenación Académica, configura anualmente
un plan de formación en el que se recogen todas las actividades de formación que realizará, bien directamente la propia Administración Educativa, bien a través de su colaboración con otras Entidades.
Este plan se realiza teniendo en cuenta las necesidades expresadas por los propios profesores y se completa con otras medidas que, a través de ayudas económicas, permiten que cada profesor tenga acceso a cursos, seminarios y otras actividades de formación elegidas individualmente por él y que se celebren tanto en esta Comunidad como fuera de ella. |
| Destinatarios |
- Funcionarios docentes, Inspectores de educación y
al servicio de la Administración Educativa, Personal laboral docente, Profesores de Religión y
Asesores lingüísticos al servicio de la
Administración de la Comunidad de Madrid
destinados en centros docentes públicos de
enseñanzas no universitarias y servicios técnicos
docentes dependientes de la Consejería de
Educación.
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| Modalidades |
Las modalidades para las que se pueden solicitar ayudas serán:
Congresos, cursos de formación, seminarios, estudios de carácter
académico (licenciaturas, ingenierías, arquitectura, diplomatura,
ingenierías técnicas, arquitectura técnica, programas de doctorado,
cursos de especialización, títulos propios de la Universidad) y otras
análogas.
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| Tipos de ayuda y cuantías máximas: |
Tipo A |
Para actividades que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, actividades a distancia y "on line".
Cuantía máxima:
1.200 euros. |
Tipo B |
Para actividades que se realicen en el ámbito territorial de otras Comunidades Autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Cuantía máxima: 1.350 euros. |
Tipo C |
Para actividades que se realicen en el extranjero.
Cuantía máxima: 2.000 euros |
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| Requisitos |
- Estar prestando servicios en el presente curso escolar.
Del cumplimiento de este requisito queda exceptuado el personal
funcionario que se encuentre en situación de licencias por estudios.
- Se podrá solicitar ayuda para un máximo de dos actividades (una solicitud para cada una de ellas).
- La actividad de formación deberá :
- Tener relación con el trabajo actual del solicitante o con
cualquiera de las vías de promoción normalmente ligadas
a dicho trabajo.
- Ser de interés para las necesidades de su centro o servicio de destino
- No ser beneficiario de una ayuda económica individual
para la misma actividad, a través de otras convocatorias
de ayudas individuales de la Consejería de Educación de la Comunidad
de Madrid.
- Excepcionalmente, se podrá solicitar ayuda para la misma actividad
cuando haya sido subvencionada, únicamente, una parte de
la misma a través de la Orden
por la que se convocan ayudas para cursar estudios de enseñanzas
de régimen especial y para la matriculación en centros
públicos de enseñanza no universitaria y universitaria durante el mismo curso escolar.
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| Documentación a presentar |
- Solicitud (Anexo I)
- Fotocopia del D.N.I.
- Original o fotocopia del programa o de la convocatoria de la actividad de formación en la que consten las fechas de realización.
- En el caso de actividades cuyo coste total incluya otros gastos como alojamiento, manutención u otros similares diferentes a matrícula, tasas o material, es imprescindible, para poder dar trámite a la solicitud, que estos figuren desglosados por conceptos.
- Cuando el solicitante, en el momento de formular
su solicitud, hubiera iniciado o realizado la actividad de
formación, podrá adjuntar a la documentación anterior fotocopia
compulsada del documento que justifique y especifique claramente
las cantidades abonadas en concepto de inscripción, matrícula,
mensualidades o tasas. En el caso de que las cantidades abonadas
se correspondan también con otros conceptos, como alojamiento,
manutención u otros similares, es imprescindible que estos aparezcan
desglosados y separados de los señalados anteriormente.
- Asimismo, cuando se trate de actividades ya
realizadas y correspondan a ayudas tipo B y C, podrán adjuntar
el documento que acredite haber realizado la actividad.
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| Plazo de presentación |
- Al menos, con un
día de anterioridad a la fecha de inicio de la actividad para la
que se solicita la ayuda.
- Para las actividades realizadas o iniciadas con
anterioridad al 15 de Junio se podrá solicitar hasta el 15 de Julio
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| Lugar de presentación |
- Registro de la Dirección de Área Territorial
- Registro General de la Consejería, Gran Vía, número 3, 28013 Madrid.
- Si el expediente se remite por correo, se presentará
en sobre abierto, para que la solicitud sea
sellada por el funcionario de correos antes de
proceder a su certificación
- Envío a través del registro Telemático, en el Portal de Información
y Gestión “012-Gestiona tu mismo”, (www.madrid.org), una vez cumplimentada, mediante la utilización
de la firma electrónica, cuyo certificado puede solicitarse
en el mismo portal.
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| Justificación |
Una vez finalizada la actividad de formación deberá
remitir a la Dirección Gral. de Mejora y Calidad de la Enseñanza
( Gran Vía, 3, 28013 Madrid) con anterioridad al 1 de
octubre de 2005:
- Fotocopia compulsada del documento que justifique
y especifique los gastos de inscripción, matrícula, mensualidades
o tasas (En caso de gastos de
alojamiento, manutención y similares deberán
aparecer desglosados).Cuando el documento acreditativo señalado anteriormente esté redactado en una lengua extranjera deberá aportarse
la traducción correspondiente.
- En el caso de ayudas tipo B y C deberán presentar fotocopia
compulsada del documento que acredite la realización de
la actividad de formación.
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| Referencias Legislativas |
- Resolución de 19 de enero de 2009 por la que se convocan ayudas para participar en un programa de inmersión lingüistica en colonias de vacaciones, durante el verano de 2009. (BOE nº 32 del 2 de febrero de 2009).
- Becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas, para el curso 08/09
- Orden 932/2008, de 28 de febrero, por la que se convocan ayudas destinadas al personal funcionario docente, Inspectores de Educación, Inspectores al servicio de la Administración educativa, personal laboral docente, Profesores de Religión y Asesores Lingüísticos al servicio de la Administración educativa de la Comunidad de Madrid.
- Orden ECI/317/2008, de 1 de febrero, por la que convocan ayudas para cursos de lengua francesa en Francia durante el mes de julio de 2008.
- Se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación de personal docente que preste servicios en el curso 2007-2008 en el exterior.
- ORDEN 5051/2007, de 28 de septiembre, por la que se resuelve la Orden de convocatoria de ayudas económicas para la realización de actividades de formación permanente del profesorado, dirigida a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tengan convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) en materia de formación del profesorado.
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ORDEN 4957/2007, de 24 de septiembre, por la que se resuelve la concesión de ayudas económicas para cursar estudios de enseñanzas de régimen especial, para la matriculación en centros de enseñanzas universitarias y no universitarias y para la realización de actividades de formación destinadas al personal funcionario docente, Inspectores de Educación, Inspectores al servicio de la Administración Educativa, personal laboral docente, Profesores de Religión y Asesores Lingüísticos al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid
- Orden ECI/2792/2007, de 17 de agosto, por la que se convocan becas de formación en investigación e innovación educativa, documentación e informática en el Centro de Investigación y Documentación Educativa.
- Resolución de 12 de febrero de 2007, por la que se establece
el procedimiento de inscripción de las actividades de
formación permanente del profesorado que imparte enseñanzas regladas en niveles anteriores a la universidad.
- Modificación de la Orden 2202/2003, de 23 de abril, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado y se establece la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias.
- Resolución de 25 de septiembre de 2006, por la que se aprueba
el Plan de Formación y Acreditación en el uso de las tecnologías
de la información y comunicación, en colaboración
con la Agencia de Informática y Comunicaciones de la
Comunidad de Madrid
- Consulta de Becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
- Becas del Consejo de Europa
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| Más información |
| Dirección General de Mejora de la Calidad de Enseñanza |
Ayudas para la Formación Permanente del Profesorado |
Dirección de Área Territorial Madrid-Este
"Servicio de Unidad de Programas Educativos" |
C/ Jorge Guillén, s/n ó C/ Alalpardo s/n
C.P. 28806 Alcalá de Henares |
91.887.21.16 |
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