Resolución número 273/2023
Inadmisión. La propuesta de la Mesa no es un acto recurrible.
Inadmisión. La propuesta de la Mesa no es un acto recurrible.
Desestimación de recurso contra acuerdo de exclusión de la Mesa por no contar el recurrente con plan de igualdad vigente ni inscrito. Los planes presentados no se ajustan a los requisitos legales. Inadmisión de recurso contra acuerdo de la mesa de propuesta de adjudicación al ser un acto de trámite no cualificado.
Desestimación. Baja desproporcionada. No error en la valoración.
Desestimación. No es susceptible de aclaración cuando la justificación de la oferta no ofrece dudas.
El procedimiento de licitación exige la presentación de muestras del producto ofertado. Las muestras incumplen las prescripciones técnicas. No es posible conceder trámite de subsanación para que se presenten nuevas muestras pues implicaría una modificación de la oferta.
El recurrente solicita que se le permita subsanar la falta de presentación del Anexo XI. Conceder este trámite implicaría una modificación de la oferta. Se desestima el recurso.
Se excluye a la recurrente por no acreditar la viabilidad de la oferta. El informe técnico está debidamente motivado, no se aprecia error o arbitrariedad por lo que se encuentra dentro del margen de discrecionalidad que le es dado al órgano de contratación.
Recurso contra exclusión de licitador. Desestimación. El recurrente no acredita la habilitación profesional exigida al no estar inscrito en el Registro de entidades, centros y servicios de acción social en los sectores exigidos.
Estimación con retroacción de actuaciones para que se le requiera información sobre la baja en términos legales, y no información sobre solvencia.
Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que la oferta del adjudicatario no cubre los costes laborales. Desestimación. La oferta no está incursa en anormalidad y fue realizada en base al presupuesto base de licitación. La entrada en vigor de nuevo convenio colectivo se encuentra dentro del riesgo y ventura del licitador.