Resolución número 009/2024
Inadmision por no alcanzar el valor estimado el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP
Inadmision por no alcanzar el valor estimado el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP
Palabras claves. Legitimación para recurrir los pliegos. Determinación del precupuesto. Costes salariales.
Palabras Claves: Restricción de la competencia. Carga de la prueba. La Discrecionalidad técnica ampara la fijación de las prescripciones técnicas.
Estimación de recurso contra pliegos en los que no consta desglose de costes salariales conforme al artículo 100,2 de la LCSP, siendo un contrato en que gastos de personal superan el 68%
Inadmisión por cuantía "El recurso se ha interpuesto en el marco de una licitación de servicios cuyo valor estimado es inferior a 100.000 euros, no cabiendo recurso especial en materia de contratación en virtud de lo establecido en el artículo 44.1.a) de LCSP
Inadmision por no alcanzar el valor estimado establecido en el art. 44,1 de la LCSP. "El recurso se ha interpuesto en el marco de una licitación de servicios cuyo valor estimado es inferior a 100.000 euros, no cabiendo recurso especial en materia de contratación en virtud de lo establecido en el artículo 44.1.a) de LCSP"
Estimación parcial del recurso. Se desestima en cuanto a la pretendida restricción del mercado por los requisitos técnicos exigidos. Se estima en cuanto que incluye como mejora un servicio que no está vinculado al objeto del contrato. El órgano de contratación pretende que con el nombre del contrato y el desarrollo de su alcance se incluya como parte de este, no refiriéndolo ni en la elaboración del PBL ni en la determinación de especificaciones técnicas.
Doctrina sobre la legitimación del potencial licitador que no presenta finalmente oferta. Interés o beneficio propio en modificar unos pliegos que dificultan en extremos la presentación de una oferta adecuada y válida.
Estimación de recurso contra los pliegos de un contrato de suministro de material y equipamiento médico, que contiene diversas prestaciones y que no ha desglosado el precio de cada una de las que lo componen para calcular el presupuesto del contrato, contraviniendo el artículo 100 LCSP. Tampoco se considera acorde con artículos 300 y 198.4 LCSP la fijación del régimen de pagos por sesión de hemodiálisis en un contrato de suministro de material para su realización.
Recurso contra pliegos al no incluir las mejoras consistentes en mayor número de obras de las exigidas en PPT. Desestimación. Las mejoras cumplen las limitación exigida en el artículo 145.7 de la LCSP al establecer criterios para determinar que su oferta a este respecto está en situación de anormalidad.