Resolución número 416/2019
Desestimación. Hay que justificar la no división en lotes. Es competencia del órgano de contratación aprobar los elementos de cada lote, siempre que no limite la concurrencia.
Desestimación. Hay que justificar la no división en lotes. Es competencia del órgano de contratación aprobar los elementos de cada lote, siempre que no limite la concurrencia.
Estimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios de control de accesos. Las cláusulas sociales ya fueron analizadas por el Tribunal y admitidas en una Resolución anterior por lo que se desestima el motivo. Sin embargo se estima el recurso puesto que la cláusula sobre la condición especial de ejecución incluida solo sería admisible si se refiere al mantenimiento de la plantilla, sea esta cual sea, y no se limita a los que están actualmente prestando el servicio.
Inadmisión de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicio de apoyo a la gestión tributaria. Extemporáneo.
Estimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios de terapia ocupacional. Necesitada de respetar la proporción establecida para los criterios de adjudicación en el artículo 145.4 LCSP. Es un contrario del Anexo IV de la Ley. Los demás motivos se desestiman.
Desestimación recurso especial contra PPT. Aplicación del criterio de discrecionalidad técnica en la elaboración de las prescripciones técnicas. No se ha a acreditado la limitación de la concurrencia.
Estimación parcial de recurso especial porque la corrección de errores de PPT no fue objeto de la misma publicidad que los originariamente publicados. Al ser un contrato de regulación armonizada debió publicarse la corrección el DOUE.
Estimación de reclamación contra PPTP de contrato de suministros de ordenadores, por incluir referencias a marcas sin la mención "o equivalente". Inclusión de nota aclaratoria posterior a publicación, modificación de pliego que conlleva retroacción de actuaciones. Improcedencia de alusión a volumen de facturación del fabricante. Vulneración del artículo 34.9 de la LCSE.
Desestimación de un recurso contra los pliegos de un contrato de defensa jurídica ante los Tribunales. El contrato no es SARA por su cuantía, art.22.1c). Es del Anexo IV. Objeto contractual determinado. Contratación de defensa y representación. Certificación de los trabajos realizados.
Estimación de recurso frente a pliegos para el servicio de apoyo al órgano de gestión tributaria. Se designan unos CPVs en el PCAP que no corresponden al objeto del contrato, provocando dificultades para acreditar la solvencia técnica.
Estimación de la reclamación contra los Pliegos de un contrato de obras. No se encuentra motivada la imposibilidad de acreditar la solvencia entre las empresas que concurran en compromiso de UTE. Vulneración del artículo 75.1 LCSP. Anulación del Pliego.