Resolución número 183/2019
Transporte escolar. Exigencia de que los vehículos sean propiedad del licitador.
Transporte escolar. Exigencia de que los vehículos sean propiedad del licitador.
Declaración de procedimiento concluido por pérdida sobre venida de su objeto al desistir Metro de Madrid del procedimiento.
Desestimación recurso contra criterios de adjudicación de contrato de defensa jurídica en juicio por estar relacionados con el objeto del contrato.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de suministro de sistemas de comunicación. No existe defecto en el Pliego y la información solicitada no era relevante o no había sido correctamente planteada, para formular la oferta puesto que era la empresa licitadora la que debía proponer los emplazamientos que considerase más idóneos. No se dan los presupuestos de aplicación del artículo 136.2 de la LCSP citado, ni existe causa de nulidad del procedimiento, por lo que el recurso debe ser desestimado.
Estimación de un recurso contra los pliegos de un contrato de mantenimiento de equipos de aire acondicionado. Los certificados de ser servicio técnico oficial del fabricante, no pueden admitirse ni como requisitos de capacidad ni de solvencia ya que implica en todo caso una vulneración del principio de concurrencia, aun cuando existan varias empresas que los posean, puesto que las demás, debidamente inscritas, también cuentan con la capacidad de realizar la prestación y pueden tener la solvencia requerida para ello.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios de socorrismo y actividades acuáticas. La información del PCAP sobre el personal se considera suficiente a los efectos a los que se proporciona, costes de subrogación. Para elaborar a oferta hay que tener en cuenta esos costes y lo previsto en el PPT.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios jurídicos. El PCAP establece como criterio de valoración la pertenencia a distintos grupos de funcionarios en excedencia de los profesionales adscritos a la ejecución del contrato. La experiencia de los profesionales que van a ejecutar el contrato es valorable, pues recae directamente en mejorar la calidad de la oferta presentada. No es así la experiencia genérica de la empresa, que no repercute sobre la oferta.
Inadmisión recurso por extemporáneo.
Estimación parcial de un recurso contra los Pliegos de un contrato de suministro de pinzas de sellado. El criterio de “activación manual” del lote 1, se tendrá por no puesto ya que es una prescripción técnica. Los demás motivos se desestiman puesto que estan justificados por el órgano de contratación.
Inadmisión recurso especial al ser el valor estimado del contrato de servicios inferior a los 100.000 euros previstos en el artículo 44 1a) de la LCSP.