Resolución número 469/2022
La información sobre el personal subrogable se emite a una fecha concreta y con las condiciones existentes. No es necesario indicar si parte del personal tiene la condición de discapacitado. Las ayudas y subvenciones por contratar personal discapacitado, en su rango máximo, solo son concedidas a los CEE. El conocimiento como anterior contratista de la existencia de discapacitados en la plantilla subrogable no es atentario al artículo 132 de la LCSP.