Resolución número 296/2019
Recurso extemporáneo. Indebida calificación como recurso de reposición.
Recurso extemporáneo. Indebida calificación como recurso de reposición.
Aprovechamientos forestales de pastos. Contrato patrimonial excluido de la LCSP.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de gestión de la central de esterilización. Se comprueba que al oferta de la adjudicataria cumple las exigencias del PPT.
Desestimación de recurso contra los pliegos de condiciones de un contrato de servicios. Se considera inadecuado al objeto del contrato determinados criterios sociales entre los que se encuentra la mejora salarial. Se pretende la subrogación laboral contractual. Se considera inadecuado el peso del criterio precio, manifestándose error entre diversos conceptos como comisión de expertos, criterios referidos a la calidad o pluralidad de criterios.
Desestimación de un recurso del ICAM contra los Pliegos del servicio de orientación jurídica generalista. El objeto del contrato es diferente del servicio de asistencia jurídica gratuita que corresponde al Colegio.
Desestimación recurso contra adjudicación y justificación bajas temerarias empresas que preceden en la clasificación.
Estimación de un recurso contra la exclusión de un contrato de servicios de prevención ajeno para vigilancia de salud. La oferta de la recurrente cumple el PCAP porque la actividad que va a subcontratar es de subcontratación obligatoria, análisis clínicos.
Exclusión por no acreditar obras en los últimos ocho años. Interpretación de “últimos años”. Consultas vinculantes.
Inadmisión de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de elaboración de proyectos. La recurrente no se encuentra en segunda posición ni se impugna la puntuación de las primeras clasificadas. Es más, parece desprenderse del recurso que se pretenden impugnar los Pliegos, reconociéndose por la recurrente que hicieron alegaciones a los mismos sin que se presentase el correspondiente recurso por lo que las alegaciones ahora realizadas serían en todo caso extemporáneas. Multa.
Defectuosa interpretación doctrina junta consultiva expresión “últimos años”. Consultas vinculantes.