Resolución número 074/2013
Desestimación de recurso contra adjudicación a segundo clasificado al no haber presentado el recurrente la documentación acreditativa de habilitación empresarial para la ejecución del contrato.
Desestimación de recurso contra adjudicación a segundo clasificado al no haber presentado el recurrente la documentación acreditativa de habilitación empresarial para la ejecución del contrato.
Desestimación de recurso contra exclusión en Acuerdo Marco de Suministros por falta de acreditación de solvencia suficiente. El volumen de negocio exigido como criterio de adjudicación va referido a cada uno de los lotes, debiendo acreditarse un importe suficiente para el lote a que se licite o por la suma resultante de los importes de todos los lotes a los que se licite. Concedido plazo de subsanación para que se opte por alguno de los lotes, se aporta documentación que no coincide con el criterio de selección elegido por el órgano de contratación.
Inadmisión de recurso contra admisión de un licitador en un Acuerdo Marco de Suministro, al ser un acto de trámite no susceptible de recurso de forma separada, sino en la adjudicación.
Desestimación de recurso contra adjudicación por considerar el órgano de contratación que la oferta incursa en presunción de temeridad era inviable. Cumplimiento de los trámites exigidos por el TRLCSP. Ausencia de arbitrariedad, error o falta de motivación en el informe de valoración de la baja.
Inadmisión de recurso contra desistimiento del procedimiento de adjudicación de un contrato administrativo especial, por no ser esta categoría de contrato susceptibles de recurso administrativo especial. (d)
Desestimación de recurso contra exclusión de Acuerdo Marco de contrato de suministros por incumplimiento de condiciones técnicas. (Según el criterio técnico los términos superficie lisa y superficie pulida no son equivalentes). No vulneración del principio de libre concurrencia.
Desestimación de recurso contra acuerdo de exclusión por la Mesa de contratación, al incumplir la obligación de aportar medios materiales prevista por el PPT.
Desestimación de recurso contra adjudicación a oferta incursa en presunción de temeridad. Adecuada apreciación de la viabilidad de la oferta.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos por extemporáneo.
Desestimación de recurso contra exclusión por falta de acreditación de la habilitación profesional, con carácter previo a la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones. El plazo de subsanación es para la acreditación de la existencia del requisito no para la adaptación de la documentación presentada. La nueva convocatoria consecuencia de una Resolución del Tribunal debe ajustarse a lo dispuesto en ella, pero no se ve limitada y puede modificar otros aspectos del PCAP.