Acreditación de la Solvencia

Resolución número 021/2021

Número de Resolución: 
021/2021
Fecha: 
Jueves, 21 Enero, 2021

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. El adjudicatario, por tratarse de empresa con más de 150 trabajadores, cuenta con plan de igualdad debidamente registrado, conforme a lo dispuesto en la LO 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres, RDL 6/2019, de 1 de marzo y RD 901/2020, de 13 de octubre. Acreditación conforme a lo dispuesto en el PCAP. Interpretación restrictiva de los supuestos de prohibición de contratar del art. 71 LCSP por limitar derechos y ser de carácter sancionador.

Resolución número 008/2021

Número de Resolución: 
008/2021
Fecha: 
Martes, 12 Enero, 2021

Recurso sobre la posibilidad de acreditar la solvencia exigida a través de certificación de calidad (ISO:9001:2015) a través de medios externos. En este caso se trata de un compromiso de UTE. Se varia el criterio del Tribunal uniéndose al propio del TACRC que admite la acreditación por medios externos de estos certificados medioambientales o de calidad.

Resolución número 359/2020

Número de Resolución: 
359/2020
Fecha: 
Lunes, 28 Diciembre, 2020

Estimación de recurso contra un contrato de suministros de vestuario para la policía local del Ayuntamiento de Valdemoro. La acreditación de la solvencia se efectuará con la aportación de muestras de todas las prendas así como de los certificados que avalen su composición y calidad. Dicha acreditación valdrá también para comprobar la adecuación de la oferta a los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones. El adjudicatario no aporta muestras de todos los artículos ni sus correspondientes certificados y parte de las aportadas no cumplen con los requisitos mínimos exigidos.

Resolución número 358/2020

Número de Resolución: 
358/2020
Fecha: 
Lunes, 28 Diciembre, 2020

Estimación de recurso contra exclusión en contrato de suministro. Acreditación de solvencia económica y financiera mediante volumen anual de negocio acreditado mediante cuentas anuales aprobadas antes de finalizar el plazo de presentación de ofertas, depositadas en el Registro Mercantil con fecha posterior, acreditación de requisito en subsanación. Plazos prorrogados por normativa COVID-19. Arts. 74, 86, 87, 92 y 140 de la LCSP.

Resolución número 345/2020

Número de Resolución: 
345/2020
Fecha: 
Jueves, 10 Diciembre, 2020

Desestimación de recurso contra un contrato de servicios jurídicos. La recurrente considera que la acreditación de la solvencia de la adjudicataria no es suficiente. Se comprueba y se considera apta. Como segunda cuestión subyace la diferencia entre el motivo de recurso que expresa exclusivamente en el ya mencionado y el desarrollo posterior de otros dos motivos de recurso basados en los criterios sujetos a juicio de valor y su calificación. El Tribunal entiende en base al art. 57.2 LPSC que debe atender a todos los motivos expuestos a lo largo del escrito de REMC.

Resolución número 341/2020

Número de Resolución: 
341/2020
Fecha: 
Jueves, 3 Diciembre, 2020

Estimación de recurso contra un contrato de servicios jurídicos para una entidad local. Se pretende establecer una solvencia basada en la prestación de determinados servicios en entidades locales. Se desestima, al incurrir tal condición de aptitud en restricción de la competencia. Es doctrina del Tribunal que referir la solvencia técnica a contratos suscritos con entidades públicas y más concretamente locales, se considera desproprocionada. 

Resolución número 338/2020

Número de Resolución: 
338/2020
Fecha: 
Miércoles, 30 Diciembre, 2020

Desestimación de recurso especial contra el Acuerdo de la Mesa de contratación de no tener por presentada la proposición, al incumplir adecuadamente la justificación económica de su oferta que se exige en una de las cláusulas del Pliego, a pesar de no estar incursa en temeridad. La justificación, la realiza minorando las horas exigidas para la prestación.

Resolución número 325/2020

Número de Resolución: 
325/2020
Fecha: 
Viernes, 27 Noviembre, 2020

Desestimación de dos recursos acumulados contra un contrato de servicios de interpretación en lenguaje de signos de la Consejería de Educación. Recurre una de las secciones sindicales de CCOO y la Federación de intérpretes de signos. Ambas están legitimadas. Se desestima porque los motivos que alegan están contemplados en los pliegos de condiciones. 

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