Resolución número 107/2019
Desestimación de recurso contra un contrato de suministos. Se rechaza la oferta por incumplimiento de los requisitos exigidos en el PPT que a su vez es considerado forma de acreditacion de la solvencia técnica.
Desestimación de recurso contra un contrato de suministos. Se rechaza la oferta por incumplimiento de los requisitos exigidos en el PPT que a su vez es considerado forma de acreditacion de la solvencia técnica.
Exclusión por error de inclusión en sobre de documentación sobre criterios valorables.
No automatismo de la exclusión. Estimación por no afectar al principio de objetividad y transparencia y por no haber criterios sometidos a juicio de valor.
El pliego admite el recurso a medios externos y la subcontratación. Carácter no vinculante de lo consignado en el DEUC.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios en los que se exige habilitación profesional a las empresas licitadoras. La recurrente se trata de una UTE en la cual solo una de las participantes está habilitada. Se considera necesario que todas las integrantes de la UTE estén habilitadas profesionalmente.
Desestimación de recurso contra la inadmisión de una oferta en UTE en un contrato de servicios, por no haber subsanado en plazo los defectos comunicados por la Mesa de contratación – no presentación de DEUC de uno de los miembros de la unión – según dispone el PCAP y el artículo 19 del RGCPCM, mediante publicación en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, con recomendación de aviso al interesado. Voto particular considerando procedente la estimación.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de gestión de servicio público, concierto. Recurre la tercera contra las dos primeras. Sobre la solvencia de la primera ya se ha pronunciado el Tribunal por lo que procede desestimar. Sobre la justificación de la viabilidad económica de la oferta de la segunda carece de legitimación al haberse desestimado el primer motivo.
Ratifica la doctrina de la Resolución 110/2018, de 18 de abril, de este Tribunal. Acreditación energías renovables mediante certificado de garantía de calidad.
Valoración como criterio de adjudicación ser fabricante o disponer de acuerdos con fabricante. Se considera característica de la oferta. Discrepancia entre PCAP y PPT en cuanto a documentación a presentar para valoración de la oferta.
Desestimación de recurso contra adjudicación de gestión de servicio público de concierto sanitario por no incurrir el adjudicatario en insuficiente solvencia ni habilitación, y concurrir en parte del recurso cosa juzgada administrativa.
Incumplimiento por la empresa adjudicataria de prescripciones técnicas. Desestimación. El órgano de contratación justifica el cumplimiento de las mismas por el adjudicatario.