Resolución número 098/2012
Desestimación del recurso contra exclusión por oferta superior al importe de licitación y confusa. Correcta actuación de la Mesa de contratación al solicitar aclaración y excluir a la recurrente. (d)
Desestimación del recurso contra exclusión por oferta superior al importe de licitación y confusa. Correcta actuación de la Mesa de contratación al solicitar aclaración y excluir a la recurrente. (d)
Contrato mixto de suministros y servicios. Solicitud de resolución de recurso especial que ya fue resuelto por la Junta de Gobierno Local sin remitirlo al Tribunal. Efecto de cosa juzgada. El Tribunal no puede pronunciarse sobre un recurso ya resuelto.
Contrato de servicios. División en lotes: razones prácticas aconsejan su contratación conjunta, posible licitación en UTE y posible subcontratación. Criterios de adjudicación expuestos en el Pliego y anuncio de licitación. Adecuación del presupuesto del contrato. Desestimación del recurso. (d)
Estimación del recurso contra pliegos por contener prescripciones restrictivas de la libre competencia en materia en materia postal.
Fin del procedimiento de recurso contra Pliegos por satisfacción extraprocedimental de la pretensión.
Desestimación de recurso contra exclusión y declaración desierta la licitación por incumplimiento de prescripciones técnicas.
Desestimación de recurso contra Pliegos. Correcta definición de especificaciones técnicas no restrictiva de la libre concurrencia.
Contrato de servicios. Exclusión que no fue notificada formalmente. Acto recurrible. Falta de fundamentación del recurso causado por la falta de notificación. Posibilidad de recurrir contra la exclusión con motivo de la notificación de adjudicación. Inadmisión.
Contrato de servicios. Exclusión que no fue notificada formalmente. Acto recurrible. Falta de fundamentación del recurso causado por la falta de notificación. Posibilidad de recurrir contra la exclusión con motivo de la notificación de adjudicación. Inadmisión.
Inadmisión de recurso contra informe de valoración en el que se admite a un licitador al no ser el acto de admisión susceptible de recurso.