Resolución número 142/2013
Inadmisión de recurso interpuesto contra adjudicación de contrato de suministro por extemporáneo.
Inadmisión de recurso interpuesto contra adjudicación de contrato de suministro por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministros por extemporáneo.
Inadmisión de recurso interpuesto contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo. (d)
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos de contrato de gestión de servicios por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporaneidad y por cosa juzgada.
Acuerdo marco para la contratación de suministros. La impugnación de determinadas clausulas del PCAP al recurrir contra la adjudicación es extemporánea. No se aprecia indefensión pese a que la notificación de adjudicación no reúne los requisitos legales. No se aprecia vulneración del principio de igualdad en la valoración de las ofertas conforme a los criterios que figuran en los pliegos y fueron aceptados como lex contractus. Las ofertas de las otras licitadoras cumplen los requisitos técnicos exigibles en el PPT.
Inadmisión de recurso contra resolución de adjudicación de contrato de suministro por extemporáneo. El plazo de interposición del recurso contra la adjudicación se computa desde la remisión de la notificación. El lugar de presentación del recurso ha de ser ante el órgano de contratación o ante el órgano encargado de la resolución. Recurso presentado en Correos recibido fuera de plazo. Efecto de las aclaraciones remitidas con posterioridad a la notificación defectuosa.
Inadmisión de recurso contra pliegos de un contrato de servicios por extemporáneo.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos por extemporáneo.
Inadmisión de recurso que no concreta el acto recurrido. Falta de legitimación de la recurrente que ningún beneficio puede obtener de la tramitación del recurso. Extemporaneidad del recurso. Imposición de la penalidad prevista en el artículo 47.5 del TRLCSP.